Acceder

Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

17 respuestas
Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?
Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?
Página
1 / 2
#1

Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Buenas,

quería saber si alguien sabe con seguridad cuál es la fecha valor que un heredero ha de tomar en cuenta cuando, tras un fallecimiento, hereda unas acciones. Esto es importante desde el punto de vista fiscal pues, según la fecha, el precio de las acciones al que el heredero recibe de manera efectiva dichas acciones, puede variar muchísimo en momentos de alta volatilidad como el que vivimos.

A modo de ejemplo:
- Fecha de fallecimiento: 1.octubre.2019. Valor de la acción:100€
- Fecha de escrituras de adjudicación de herencia: 1.enero.2020. Valor de la acción: 70€
- Fecha de finalización del proceso de testamentaría con el banco donde se depositaban las acciones: 1.abril.2020. Valor de la acción: 20€

Si 5 años después, el heredero decide vender esas acciones (por ejemplo a 120€), ¿cuál es el valor sobre el cual calcular la plusvalía generada: 100€, 70€ o 20€?

Muchas gracias de antemano por las respuestas.
#2

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Para mí, valor a fecha de fallecimiento (100 €).

Un saludo.
#3

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

estoy de acuerdo, ese debe se el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones y el que se toma como valor de adquisición.
#4

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Muchas gracias @buenavista y @Bacalao por vuestra respuesta. ¿Sabríais decirme dónde puedo encontrar información al respecto para poder estar 100% seguro? Os lo pregunto porque preguntando a determinadas personas, me han dado respuestas diferentes, y todas con lógica aunque muchas contradictorias, por ejemplo: 
- "La fecha de fallecimiento no puede ser, pues en ese momento ni se ha repartido la herencia ni ésta se ha aceptado por los herederos"; 
- "Es la fecha de escrituras, pues es en ese momento cuando se oficializa la toma de posesión de la herencia"; 
- "Es la fecha de fallecimiento, pues es ahí cuando los herederos asumen tanto bienes como deudas de lo que  cada uno herede."; 
- "Es la fecha de finalización del proceso de testamentaría, pues hasta ese momento las acciones no han pasado a ser, de manera efectiva, accesibles/propiedad del heredero al ser ingresadas en una cuenta de valores de su propiedad".

Muchas gracias de antemano
#5

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Mantengo mi opinión.


Consulta Vinculante V0527-17, de 02 de marzo de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas
.....

 De acuerdo con lo anteriormente expuesto, el valor de adquisición de dichas acciones estará formado por la suma del valor que resulte de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sin que pueda exceder del valor de mercado en la fecha del fallecimiento del causante, más los gastos y tributos inherentes a la adquisición que hubieran sido satisfechos por el adquirente. 

 Por último, la fecha de adquisición de las acciones será la de su adquisición por herencia según las normas del Código Civil, que se produce, con carácter derivativo, con la aceptación de la herencia, si bien los efectos subsiguientes se retrotraen al momento de la muerte del causante, de acuerdo con el artículo 989 del Código Civil. En definitiva, una vez aceptada la herencia, se entiende que la adquisición se produjo en el momento del fallecimiento del causante. 

 Por tanto la fecha de adquisición de dichas acciones por el consultante será la del fallecimiento del causante.

Un saludo.

#6

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Buenos días
Estoy de acuerdo en lo que te dicen mas arriba

Hay que tener en cuenta que cuando fallece el causante y antes de que se acepte, reparta y liquide el Impuesto de Sucesiones se produce una figua fiscal que la Herencia Yacente.
La Herencia Yacente está considerada en el sistema fiscal español como "figura tributaria" y como tal obligada fiscalmente.

El Impuesto de Sucesiones se liquidará con los valores a fecha de fallecimiento del causante.

Después ante posteriores ventas el valor de compra, en este caso de las acciones será el que tuviesen a fecha de fallecimiento.

Así lo dice la Dirección General de Tributos en varias consultas vinculantes, mira por ejemplo la VI 1552-13 de 08/05/2013

Un saludo


#7

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Pues anda que no tienes opciones, según te cuentan.

Ya te lo han dicho BIEN CLARO y con consultas vinculantes.

Tu heredas el día de fallecimiento, al precio que estuvieran al final de ese día (te coges infobolsa y es muy fácil de ver),, TRIBUTAS en Impuesto de sucesiones por ese valor.

El que hagas posteriormente "cosas" necesarias para tener oficialmente la posesión no puede ser más que lo que es TRÁMITES.

Un saludo
#8

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Muchísimas gracias @buenavista y @renciayera por las consultas vinculantes que habéis indicado; era exáctamente lo que necesitaba!
#9

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Sin ninguna duda la fecha de fallecimiento.
#10

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Gracias @ulises12
#11

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

el valor de la accion es el del dia del fallecimiento.
a este valor se le debe añadir la parte proporcional de gastos de notario, sucesiones, abogado
#12

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Buenas noches:

 "De acuerdo con lo anteriormente expuesto, el valor de adquisición de dichas acciones estará formado por la suma del valor que resulte de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sin que pueda exceder del valor de mercado en la fecha del fallecimiento del causante, más los gastos y tributos inherentes a la adquisición que hubieran sido satisfechos por el adquirente."

Hacienda con medias verdades.   "sin que pueda exceder del valor de mercado en la fecha del fallecimiento del causante"

Pero si puede ser menor. Si han bajado de precio las acciones pueden ser valoradas en la fecha de la escritura de herencia.

Saludos.

#13

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Buenas noches.

¿Tienes algún soporte doctrinal o interpretativo de la DGT que apoye lo que mantienes?.

Un saludo.
#14

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Buenas noches:

Sentencias del Tribunal Supremo sobre el valor de las cosas que bajan desde el fallecimiento hasta el día que se realiza aceptación de la herencia o la escritura

Lo he leído en su momento en alguna sentencia del Tribunal Supremo, aunque sea difícil de encontrar.

Pero pongo un caso extremo. 

Supongamos que el fallecido deja acciones de una empresa que quiebra, desde  período del fallecimiento hasta día de la escritura. Las acciones valen cero.

El valor que reciben es cero.

Art. 20 de la CE permite transmitir información real de tal forma que, en el momento de liquidar, no pueden liquidar por una cosa que ya no vale lo que valía.

También puede ocurrir que deje una casa y se incendie, una granja de animales, que por una epidemia se mueran todos. Unas colmenas que les entra la varroa, etc..

Las acciones en estas fechas han bajado tremendamente, pero las personas que hayan fallecido hace unos meses y hayan dejado acciones, los herederos pagarán por lo que realmente perciban en el momento que lo perciban. No por el valor que tuvieran en el día de fallecimiento.

No pueden poner mayor valor, ya que en ese caso estarían liberando una plusvalía que es sometida al ISD y no al IRPF. Pero al contrario no pasa nada ya que si las acciones suben serían sometidas al IRPF, que normalmente es mayor que el ISD. 

Simplemente es preciso aplicar el complementario a la afirmación de que se establece en la consulta. No se puede valorar más, pero no ha cerrado a que pueda ser menos. 

Por supuesto, que no pueden bajar el precio los herederos, pero si la cotización está más baja pueden acogerse a ese valor. 

Lo normal es que no se acojan, ya que en el caso de que bajen las acciones y las vendan tendrán más pérdidas si bajan, pagarían menos por IRPF, neutralizando esas pérdidas con otros ingresos.

Si suben y las venden tendrían menos IRPF, ya que tendrían menos ganancias, que si las hubieran puesto al precio del día de la escritura o aceptación de la herencia, que estaban más bajas.

Pero poder se puede poner el valor del día de aceptación de la herencia, ya que en caso contrario se estaría cotizando en el ISD por un valor que no se recibe.

Saludos.
#15

Re: Herencia de acciones: Fecha valor ante futuras operaciones?

Buenos días.

¿No te sorprende que toda esta casuística que describes no esté recogida en un documento (sentencia, CV, doctrina) que puedas aportar y que avale tu argumentación?

Un saludo.