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Maquina Expendedora de Tabaco en Bar

5 respuestas
Maquina Expendedora de Tabaco en Bar
Maquina Expendedora de Tabaco en Bar
#1

Maquina Expendedora de Tabaco en Bar

Empresa hostelera-Bar, en estimación directa, que tiene instalada una maquina de venta de tabaco, por la que recibe del estanco una factura por el importe de la ventas mas el iva al 21% desglosado, ¿como tributaria el bar, tanto en el iva como en el IRPF?.   ¿se tendría que dar de alta el bar en algún epígrafe de IAE?. 
gracias
#2

Re: Maquina Expendedora de Tabaco en Bar

Tiene que darse de alta en el epígrafe 646.5.

En el IVA, está sujeto al régimen especial del recargo de equivalencia. O sea, en la práctica, no tiene que pagar más IVA, ya que el estanco también es un minorista en RE, ni puede deducirse ningún IVA del soportado por esta actividad o sector diferenciado. Tampoco tiene que entregar a hacienda el IVA recaudado por sus ventas.

En el IRPF, al estar en ED, debe sumar el bruto de sus ventas (IVA incl.) a su resultado, y restar como gasto las facturas de tabaco del estanco (IVA incl.), así como otras posibles relacionadas (reparaciones y/o alquiler de la máquina, etc.). O sea, dos columnas en el IRPF, la de la actividad de hostelería, y la de la actividad de venta minorista con recargo. (En EO esta actividad ya queda comprendida en la determinación del rendimiento neto).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Maquina Expendedora de Tabaco en Bar

Muchas gracias Cachilipox, pero, la venta que haga del tabaco, se le tendrá que añadir el recargo de equivalencia?.
¿la venta sera igual al valor de la compra, o se le añade algún % para calcular dicha venta?. 
gracias
#4

Re: Maquina Expendedora de Tabaco en Bar

Hombre, la venta será igual al precio de venta, no al precio de compra. 
¿Cómo le calculas las ventas de café, a precio de carta, o a coste de adquisición? 
El recargo está fijado por ley en un 5 %. Son precios públicos, fijados por norma legal, y publicados en el BOE:
https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/CMTabacos/Paginas/PreciosLabores.aspx

Con la factura del estanco, sabes cuantas unidades se han adquirido, y por tanto vendido. En general, son 0,15 € por cajetilla.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Maquina Expendedora de Tabaco en Bar

Entendido, muchas gracias, es un asunto muy lioso.
gracias
#6

Re: Maquina Expendedora de Tabaco en Bar

Buenas tardes.

Veo que es un post antiguo pero leyendo quisiera dejar claro un aspecto:

Por ley el precio de venta en la máquina del bar es de +0,15€ respecto al precio de venta en el estanco ya que todas las cajetillas valen más de 1,80€ (hasta 1,80€ sería 0,10€).

En cuanto a las labores que se pueden vender a mano (puros y cigarros de capa natural) se aplica un 15% respecto al precio de venta en el estanco, redondeando a 0 o a 5. 

Saludos