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Error en la renta

7 respuestas
Error en la renta
Error en la renta
#1

Error en la renta

hola  a todos 

hoy m hcieron la renta en la oficina,y lo que no m queda claro es la deducion por la venta de mi vivienda habitual,

compre mi piso en el 2012 y lo vende en abril del 2018,m aplicaron la deducion de los meses q tube la vivienda hasta abril del 2018,hasta alli todo correcto,

me pregunta es,

deberian haberme aplicado la deducion tambien sobre el importe de la hipoteca pendiente,que fue cancelada en la compra venta? me refiero los 48.000 de la hipoteca q se cancelo en la venta,

esta tarde la funcionaria m conto que solo puedo desgrabar las coutas pagadas hasta abril, y los seguros  nada mas,la hipoteca q se cancelo no tengo derecho,eso cierto eso?

gracias,

#2

Re: Error en la renta

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc05f

  • ¿Puede practicarse deducción por adquisición de vivienda un contribuyente que vende su vivienda habitual y cancela con el importe obtenido, el préstamo que solicitó para su compra?

Respuesta

  •  

    No. Si el contribuyente amortiza el préstamo pendiente con el importe obtenido en la venta una vez transmitida la vivienda, no podrá aplicar la deducción por adquisición de vivienda, ya que a partir de dicha venta ya no está financiando su vivienda habitual. No obstante si la amortización del préstamo se realizase con anterioridad a la transmisión de la propiedad de la vivienda podría practicarse la deducción. En este caso, para que la ganancia patrimonial pueda considerarse totalmente exenta por reinversión, sería preciso aplicar el importe total de la venta a la compra de la nueva vivienda.

#3

Re: Error en la renta

muchas gracias,

#4

BieRe: Error en la renta

Buenos días Bacalo,

te sigo con interés y tus consejos los leo con detalle por su calidad.

No obstante, interpreto que la duda de españaa no se refiere a una reinversión en otra vivienda habitual, sino sobre la cantidad a deducir en el ejercicio tras haber amortizado el préstamo.

Te pregunto, ¿se podría deducir hastas 9.040 euros correspondiente al ejercicio de 2018 tras haber cancelado su préstamo?.

 

Gracias y un saludo.

#5

Re: BieRe: Error en la renta

de la respuesta que he copiado arriba, si amortizas préstamo antes del acto de compra-venta con un dinero que ya tenías, sí puede practicarse la deducción.

Pero si amortizas en el acto de compra-venta con el dinero que te da el comprador, no.

#6

Re: BieRe: Error en la renta

...pues sigo con dudas.

Gracias.

#7

Re: BieRe: Error en la renta

la verdad yo tambien sigo con mis dudas,cada uno dice una cosa,pregunte a mucha gente y m han dicho que si puedes deducir el dinero de la cancelacion del prestamo hipotecario en el momento de la venta,y otros m dicen que no puedes deducir ese importe,la funcionaria no lo sabia el cien por cien por q estaba consultando un libro de la renta,
me ha dicho puedes hacer una reclamacion y a ver q t dicen,

#8

Re: BieRe: Error en la renta

Coincido con la respuesta de Bacalo: la deducción por inversión en vivienda habitual requiere la propiedad sobre la vivienda. En el momento que vendes la vivienda dejas de cumplir ese requisito, por lo que los pagos que hagas sobre el préstamo que financiaba la compra, desde el mismo día que escrituras la venta, ya no son deducibles ni aunque sea para cancelar el préstamo.

De hecho, hay una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos al respecto ( V2711-14 del 10/10/2014). Por tanto, si en la oficina sólo te han puesto lo que pagaste en 2018 antes de la venta, está correcto.