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Duda mínimo por ascendientes

9 respuestas
Duda mínimo por ascendientes
Duda mínimo por ascendientes
#1

Duda mínimo por ascendientes

Buenas tardes

Actualmente convivo con mis padres, ambos mayores de 65 años en un piso a nombre de ellos al 50%. Mi padre tiene pensión de jubilación y mi madre nada, sus rentas serán muy inferiores a los 1.800€ derivados de algún depósito.

He visto que existe el mínimo por ascendientes que conviven en el mismo hogar y quería saber si puedo aplicarlo por mi madre teniendo en cuenta que mi padre convive también con nosotros y hacen declaración conjunta.

Gracias de antemano.

Cito lo que dice el apartado:

Por cada ascendiente  mayor de 65 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad:  1.150 euros anuales.

Cuando el ascendiente  sea mayor de 75 años, el mínimo se aumentará en  1.400 euros adicionales, esto es,  2.550 euros anuales.

En caso de fallecimiento del ascendiente durante el ejercicio 2016, se aplicará un mínimo, en todos los casos, de 1.150 euros.

Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

No obstante, cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el ascendiente, la aplicación del mínimo corresponderá a los de grado más cercano, salvo que estos no tengan rentas anuales superiores a  8.000euros anuales, excluidas las exentas, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente grado.

REQUISITOS:

  • El ascendiente debe convivir con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Entre otros casos, se considerará que conviven con el contribuyente los ascendientes con discapacidad que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados.

  • El ascendiente no debe tener  rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

  • No procederá la aplicación del mínimo cuando el ascendiente presente declaración por el impuesto con rentas superiores a 1.800 euros.

  • Las circunstancias que determinen su aplicación se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha del devengo.

  • En caso de fallecimiento, será necesario que el ascendiente haya convivido con el contribuyente, al menos, la mitad del período transcurrido entre el inicio del período impositivo y la fecha de fallecimiento.

#2

Re: Duda mínimo por ascendientes

solo se tienen en cuenta los ingresos individuales para el límite, aunque presenten declaración conjunta.

https://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V4810-16

Lo dispuesto en la norma transcrita no se ve alterado por el hecho de que los padres hayan presentado declaración conjunta, pues el límite de rentas de 1.800 euros se delimita de forma individual respecto a cada ascendiente o descendiente que haya presentado la declaración del Impuesto, ya sea en tributación conjunta o individual.

#3

Re: Duda mínimo por ascendientes

Por tanto, ¿podría aplicarme el mínimo por ascendiente por mi madre? Teniendo en cuenta lo comentado anteriormente, vivo en casa en propiedad de mis padres al 50%, ambos padres viven conmigo, mi padre si tiene rentas superiores y hacen declaración conjunta.

#4

Re: Duda mínimo por ascendientes

#5

Re: Duda mínimo por ascendientes

Muchas gracias!

#6

Re: Duda mínimo por ascendientes

Una duda adicional... en los supuestos indica que no procederá cuando el contribuyente presente rentas superiores a 1.800 euros.

¿Estas rentas incluyen las del ahorro y las inmobiliarias? ¿Habría que sumar las cantidades de ambas para llegar a esos 1.800 euros?

Gracias de antemano

#7

Re: Duda mínimo por ascendientes

así es, la parte que corresponda a tu madre no puede superar esa cantidad si presenta declaración.

#8

Re: Duda mínimo por ascendientes

De acuerdo pero no vienen sumadas en ningún apartado de su declaración, ¿no?
¿Hay que sumar ambos apartados o hay algún apartado que sume el total de rentas para no llevar a confusión?

#9

Re: Duda mínimo por ascendientes

pues más bien tienes que ir sumándolos tú.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Ejercicios_anteriores_de_renta/Preguntas_frecuentes_2017/Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF/Minimo_por_descendientes_y_ascendientes__Concepto_de_RENTAS_superiores_a_8_000_euros.shtml

 

por ejemplo, los más típicos están en las casillas: 

rendimiento neto del trabajo +

rendimiento neto del capital mobiliario (no el reducido) +

Suma de imputaciones de rentas inmobiliarias +

Rendimiento neto por cada inmueble alquilado (pues la casilla con la suma es para los rendimientos reducidos, aplicando el 60% de reducción si es vivienda habitual del inquilino) +

Saldo neto positivo de ganan./pérd. patrimoniales imputables a 2018 a integrar en la B.I. ahorro (también puede haber ganancias en la base general)

#10

Re: Duda mínimo por ascendientes

Muchas gracias de nuevo. Me ha quedado muy claro.