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Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

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Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación
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Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación
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#1

Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Buenos días, quería consultar si alguien sabe que dice la sentencia sobre la devolución del IRPF por maternidad si ya se presentó una rectificación de autoliquidación al respecto en el 2012 que fue rechazada por Hacienda, (sin continuar con  la reclamación contenciosa administrativa ya que se pasó el plazo). ¿Se puede reclamar de nuevo ahora?. Gracias.

#2

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

No, porque siendo un ejercicio ya prescrito, la reclamación ha finalizado y no mantiene abierto el plazo de vigencia.

Saludos

#3

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Gracias por la respuesta, lo siento me equivoqué al poner el año, fué en el 2016, gracias

#4

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

teóricamente si no has seguido con el procedimiento en plazos ya no podrías volver a reclamar; otra cosa es que si Hacienda implementa un proceso simplificado y masivo para las devoluciones, como se está hablando, puede que se lo devuelva a todo el que se lo solicite por prestación de maternidad de 2014 en adelante (años no prescritos), sin chequear si ya había presentado una reclamación. Cuando saquen el procedimiento, solicítalo a ver si cuela.

En estos casos, lo mejor hubiera sido o bien apurar la reclamación hasta que estuviese a punto de prescribir, o si te metes a reclamar, ser consciente de que tenías que ir hasta el final, porque Hacienda las estaba rechazando. Pero bueno, agua pasada no remueve molinos, lo único que sirva de experiencia para un posibile caso similar en el futuro...

 

#5

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Muchas gracias por la respuesta, cuando presenté la rectificación desconocía las consecuencias que tenía. Es totalmente injusto que a las madres que han reclamado algo que pensaban que no era correcto, ahora cuando la ley les da la razón, les impidan volver a reclamar lo que por derecho es suyo. Es una forma de decirte: " Oye, si reclamas esto ó cualquier cosa es peor para ti", , en fin...

Por la pregunta de otra forera y he podido leer en internet la única opción legal es presentar una revisión de oficio de tal acto nulo de pleno derecho en vía administrativa, ¿es así...?, lo cual no se lo que pueden tardar en contestar. Gracias 

 

#6

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Si el ejercicio que reclamas corresponde al 2016, ejercicio no prescrito, puedes reclamar los Ingresos Indebidos, de acuerdo con las sentencia que declara exentos los rendimientos por la prestación por maternidad, con independencia de la reclamación ya presentada anteriormente, ya que te encuentras en plazo.

El mantenimiento de la reclamación en estado de tramitación, es para los ejercicios ya prescritos, anteriores al 2014.

Si es el 2016, ejercicio que ya se confecciona en la Renta WEB, tienes  el mecanismo de entrar en este ejercicio y confeccionar una nueva Declaración, como rectificación.

En esta nueva Declaración rectificada, solo tienes que eliminar del montante Bruto de Rendimientos del Trabajo, el importe que aparece como "Pensión" en tus Datos Fiscales y no modificar nada mas , ni gastos , ni retenciones.

Saludos

 

 

#7

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Muchas gracias Lunático por tú respuesta. El año a reclamar sería el 2014, en el 2016 fue cuando presenté la rectificativa. Sin embargo, he leido la nota de Hacienda y pone literalmente:

"En el caso de solicitudes de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia:

Si el recurso todavía se encuentra pendiente de resolución, será el correspondiente órgano revisor el que se pronuncie sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo.

Si la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de la declaración hubiera adquirido firmeza, no será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución alguna."

Entiendo que en este caso no se podría hacer lo que tú dices.... gracias

 

#8

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Si el ejercicio a reclamar es el 2014, este se encuentra vigente y por tanto durante su vigencia se pueden presentar las reclamaciones que se estimen oportunas, tu presenta la Solicitud de Ingresos Indebidos acogiéndote a la Sentencia que determina que estos rendimientos de maternidad se encuentran exentos.

Tienes que presentarlo con esta comunicación:

https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/Modelos_y_formularios/Formularios/Formularios_para_Tramites_ante_la_Agencia_Tributaria/comunica.pdf

Si puedes cuantificar el importe mediante comparación entre la presentada y una duplicada del PADRE-2014 donde excluyas el importe integro cobrado por Maternidad ( En Datos fiscales viene como Pensión)  diferencias entres las Casillas 589 de cada declaración

Saludos

#9

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Veo mucha desinformación con respecto a éste tema, ya que hay gente que interpreta que solo puede reclamar las posibles retenciones que les practicaran a ésta renta pero mi visión es algo más global y creo que hay que reclamar por el efecto en contra del contribuyente que pudiera tener que dicha prestación fuera considerada como rendimiento del trabajo, aumentando la base de gravamen en aquel año.. estaría en lo cierto??

 

Gracias

#10

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

es que NO vas a reclamar las retenciones, lo que reclamas es que te recalculen la declaración del año o años correspondientes excluyendo de las rentas del trabajo lo cobrado por maternidad, y que te devuelvan la diferencia.

De hecho, imagino que a la mayoría de las madres trabajadoras NO les retuvieron nada, ya que la Seguridad Social calcula cuánto tiene que retener por las 16 semanas de baja que paga, con independencia de lo que retiene tu empresa, y normalmente va a ser 0, ya que no llega al mínimo para retener lo que abonan.

Ejemplo (totalmente hipotético, los datos no tienen por qué corresponder a un porcentaje de renteciones reales):

-30.000 euros cobrados de la empresa  con 3.000 de retenciones y 6.000 de maternidad con 0 de retención; en el IRPF te salía una cuota de 4.000 euros, como te retuvieron 3.000, tienes que pagar adicionalmente 1.000 euros . Ahora, al contemplar solo lo cobrado de la empresa, la cuota son 3.100 euros ---> te tienen que devolver 900.

-30.000 euros cobrados de la empresa  con 3.000 de retenciones y 6.000 de maternidad con 0 de retención; en el IRPF te salía una cuota de 0,porque deduces por hipoteca, presenats la conjunta con tu cónyuge que no trabaja, incluyes al nuevo hijo, u otras deducciones etc.Te devolvieron los 3.000 euros (todo lo que te retenían, Hacienda no te devuelve más de lo que te ha retenido, excepto las deducciones de 100 euros mes por hijo, familia numerosa,etc) .  NO te van a devolver nada al recalcular excluyendo la prestación por maternidad, porque ya te habían devuelto todo lo que te retenían.

#11

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Si, si, así es como lo interpreto yo.. pero he oído a mucha gente diciendo que va a reclamar la devolución de las retenciones de dicha prestación. Yo como lo interpreto es que al no declararse como renta exenta aumentó la base de gravamen de aquel año y por lo tanto el resto de cálculos de la declaración tampoco se efectuaron de manera correcta.

 

Muchas gracias,

#12

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

este es un tema dudoso, en el que la Agencia Tributaria parece que va a barrer para casa y considera que esta 2ª solicitud de rectificación es un recurso de reposición y lo trata como fuera de plazo;  según lo que se ha filtrado en ´las instrucciones  del modelo específico de solicitud de rectificación que están preparando y que se comenta en este hilo;

en Tribunales, parece que el criterio es que haya "nuevos hechos o circunstancias" que permitan la 2ª solicitud de rectificación sobre el mismo tema:

https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-teaf-navarra-4734-19-12-2012-1444816

" además, de la misma manera que la Administración tributaria no puede efectuar una nueva liquidación en relación con el objeto de la rectificación de la autoliquidación, salvo que en un procedimiento de comprobación o investigación posterior se descubran nuevos hechos o cir-cunstancias que resulten de actuaciones distintas de las realizadas y especificadas en la resolución del pro-cedimiento de rectificación, hay que entender que el interesado no puede, …… una vez consentida y firme la resolución desestimatoria de la rectificación, notificada con la correspondiente indicación de recursos, reiterar la misma e idéntica solicitud que afecta a los mismos elementos de la obligación tributaria, como es el caso”. "

#13

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

quien te ha dicho eso ha oído campanas y no sabe dónde. Lo que se solicita es la rectificación de la autoliquidación entera del IRPF.

#14

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Buenos días, y gracias por las respuestas. Yo no soy financiera y la verdad es que no entiendo demasiado de el proceso. Tal vez, me ha parecido entender que la propuesta de Lunatico presentando el formulario de Solucitud/Comunicación , es seguir un "camino" distinto a volver a presentar una nueva rectificación de liquidación, algo similar a una complementaria, que no se si sería una forma legal de hacerlo sin que te lo rechace hacienda por haber presentado una nueva rectificación de liquidación.

Un saludo

#15

Re: Devolución IRPF maternidad si ya se presentó una rectificación

Buenos días, presenté por el formulario que hacienda puso en su Web la devolución, pero mientras que a mi marido si le han devuelto (el no presentó ninguna rectificación), a mí ni me han devuelto ni me han notificado nada. ¿alguien en un caso semejante sabe algo más  en esta situación?, ¿tienen obligación de contestarme?. No se si poner el caso en manos de un abogado ó solicitar ayuda algún organismo como la OCU. Estoy perdida!, ¿realmente tengo alguna opción si presente ya una rectificación de liquidación y fue rechazada aunque mis hijas nacieran en el 2014?. Si alguien pudiera orientarme estaría muy agradecida. Un saludo