Buenas noches:
Tienes que mirarte las tablas de la cuota que correspondan.
Si son 25.000,00, puedes descontarles por cada sujeto llamado a la herencia lo que se indique en Bizkaia:
https://blog.puntoseguro.com/el-impuesto-de-sucesiones-y-donaciones-en-el-pais-vasco-vizcaya/
- Grupo III: Adquisiciones por colaterales de tercer grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad, incluidos los resultantes de la constitución de una pareja de hecho,
20.000 euros
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/549882-norma-foral-4-2015-de-25-mar-bizkaia-del-impuesto-sobre-sucesiones-y-donaciones.html#t5
Vivienda habitual reducciones:
Artículo 44 Reducciones relacionadas con la vivienda habitual
"La adquisición lucrativa «inter vivos» o «mortis causa» del pleno dominio, del usufructo, la nuda propiedad, del derecho de superficie, o del derecho de uso y habitación de la vivienda en la que el adquirente hubiese convivido con el transmitente durante los dos años anteriores a la transmisión, gozará de una reducción del 95 por 100 en la base imponible del Impuesto, con el límite máximo de reducción de 215.000 euros."
En vista de ello, si hay usufructuario y no sé si recibe herencia pues no se aplicaría. Pero si se aplica, la reducción podría corresponder a todos. (Solo uno la genera, pero se distribuye). En ese caso solamente quedarían los 90.000,00 en metálico.
Si has calculado la base de 125.000,00, para cada uno son 25.000,00. Con la reducción de 20.000, para cada sujeto llamado a la herencia quedaría 5.000,00 de base imponible para cada uno, que con una tarifa del 5,70 %, la cuota es de
285 €.
No he visto que tengan recargo por ser del grupo III.
En la Ley general el recargo es del 58%. Pero Bizkaia es Foral y puede haberlo puesto o no.
Me inclino a que sean 20.000,00 por cada uno, porque en la ley general son 7.993,46 euros. Tengo un caso personal que en Madrid se aplican por cada heredero. con lo cual en Bizkaia, no debería ser total los 20.000,00 € de reducción de la base imponible.
Releyendo interpreto que recibes 125.000,00. Pero Si hay un usufructuario es que también hereda. Con lo cual solamente serían por los 90.000,00 + 1.800 del piso (95 % liberado) de base imponible= 91.800.00 - 20.000 de bonificación= 71.800,00, cuota
3.832,51 + (26.381 x 0,1254) =3.832,51 + 3.308,18 =
7.140,69 €, aproximadamente.
Saludos