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Herencias y plusvalías municipales

3 respuestas
Herencias y plusvalías municipales
Herencias y plusvalías municipales
#1

Herencias y plusvalías municipales

Hola!

Escribo porque he podido ver que este tema es bastante recurrente, pero no consigo encontrar un caso similar.

Matrimonio casado en régimen de comunicación foral (Bizkaia), con dos hijos. Él fallece en 1991, y no se acepta la herencia; simplemente, no se hace nada. En 2017 ella fallece, y los hijos reciben cada uno una liquidación por el 25% del valor catastral (como si hubieran adquirido la titularidad del 25% cada uno) del inmueble en el que vivía. No le di más vueltas.

Este año han vendido el inmueble, y han recibido una segunda liquidación, que se liquida por un periodo de 20 años (máximo), indicando que es desde 1991 (fecha fallecimiento del padre), por exactamente le mismo importe (base del 25% del valor catastral por su correspondiente coeficiente).

No entiendo nada... Si ella era usufructuaria universal, ¿se vuelve a liquidar en la transmisión?

Mañana conseguiré las escrituras, a ver si me aclaro, pero tenía entendido que ya no tenía que pagar de nuevo.

No sé si me he explicado :)

Gracias!

#2

Re: Herencias y plusvalías municipales

¿El régimen de comunicación qué implica respecto a la vivienda, que es de los dos o sólo del marido?

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Herencias y plusvalías municipales

leyendo bibliografía, dicen que: "En virtud de la comunicación foral se harán comunes por mitad, ente marido y mujer, todos los bienes muebles o raices, de la procedencia que sean, pertenecientes a una u otro por cualquier título, tanto los aportados como los adquiridos en constante matrimonio y sea cual fuere el lugar en que radiquen".

Entiendo que en virtud de eso, fallecido él en 1991, queda pendiente de partición y adjudicación la mitad del padre (permanece en comunidad de bienes, administrado por la madre). Fallecida ella en 2017, y no quedando conyuge viudo superstite, pasa su segunda mitad a los descendientes.

En total, dos traslaciones. La primera, del 50 %, por alteración de la composición de la comunidad de bienes respecto de la mitad del padre, al desaparecer uno de los comuneros. La segunda traslación, del otro 50 %, al fallecer la madre.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Herencias y plusvalías municipales

Buenas tardes:

El período impositivo es el comprendido entre 1 y 20 años. 

No hay Plusvalía al fallecimiento de la Madre y tampoco hay plusvalía en la venta de 50 % heredado del padre por haber pasado de 20 años ambos eventos

Podría haber plusvalía en el 50 % heredado de la madre si desde la fecha de fallecimiento de ésta  ha pasado más de un año hasta el día de la venta.

Puedes ver el enlace siguiente de esta misma página de internet:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4001792-impuesto-sucesiones-donaciones-plusvalia#respuesta_4014834

Solamente hay plusvalía ficticia si se transmite dentro del período impositivo 1 a 20 años. Ni antes ni después hay plusvalía ficticia.

Si se transmite dentro de ese período, la plusvalía ficticia se anula en caso de pérdidas o se minusvalora por el importe real. 

No se puede gravar capacidad económica real que no se tenga.

Saludos.