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Ganancia patrimonial por venta piso heredado-Mejoras - Declaración de la Renta

3 respuestas
Ganancia patrimonial por venta piso heredado-Mejoras - Declaración de la Renta
Ganancia patrimonial por venta piso heredado-Mejoras - Declaración de la Renta
#1

Ganancia patrimonial por venta piso heredado-Mejoras - Declaración de la Renta

 

Buenas tardes,

a ver si algún experto en el tema me puede ayudar, porque de verdad que los de la Agencia tributaria me tienen loca, he hablado cinco veces con el "nivel superior de renta" y en dos ocasiones directamente me han cortado la llamada, y en las otras tres cada uno me dice una cosa distinta,

Es sobre un tema que tampoco me parece tan raro, porque es algo que se debe dar con bastante frecuencia.

La cuestión es que tengo que calcular la ganancia patrimonial en la declaración de la renta de mi padre (él es mayor y siempre se la hago yo) por la venta el año pasado de un piso que le pertenecía por herencia de sus padres.

Bien, os expongo lo que tengo pensado hacer, si veis algo que esté mal os rogaría que me corrigieséis. Tengo que dar dos veces de alta el inmueble, para poner dos valores de adquisición y el de transmisión dividirlo entre dos. Primer problema con el que me encontré, porque fui a la oficina de servicios tributarios y al catastro y no me pudieron proporcionar nada. Mi abuelo fallece en 1980, para poner valor de adquisición a esa fecha no dispongo de ninguno (se que tengo que tomar el referente al valor del impuesto sucesiones). Pero ya tengo porque he buscado consultas a la agencia tributaria y una resolución del tribunal económico que dice que si no se dispone de éste, la administración no puede poner valor 0 (porque entonces todo sería ganancia) y habría que estar al valor real que en varias consultas dicen q sería el valor de mercado. Dispongo de la escritura de compraventa del piso del año 1975, tenia pensado subir dicho valor algo, tomando como referentes estadísticas de cómo estaba la media del metro cuadrado por esas fechas. A ese valor le sumaría mitad de gastos de testamentaría, abogados, notaria, registro, etc (porque se hizo una protocolización de la herencia conjunta de la herencia de mis dos abuelos). Aquí hice un prorrateo de dichos gastos, tomando el valor del piso en relación con la totalidad de la herencia.

Al valor de transmisión no le puedo restar plusvalía porque el Ayuntamiento todavía no nos ha notificado la misma. 

PRIMERA DUDA: Si el Ayuntamiento nos notifica documento de pago de la misma a posteriori, qué se haría? porque es un pago de un impuesto que hacemos y que en este momento no puedo incluir.

Sobre el segundo valor de adquisición, mi abuela fallece en 1995.  El impuesto de sucesiones se liquida en expediente en 1996, pero como estaba exento no consta entre los documentos el valor que se dio al piso (presenté escrito en oficina servicios tributarios para hacerme con el expediente pero ya no disponen de él en el archivo de documentación). Sólo disponemos de una valoración hecha por un perito del año 1997 y de la valoración del contador dirimente del 1999 que es el mismo que consta en escritura protocolización, ESCRITURA EN LA QUE CONSTA LA FIRMA DEL LIQUIDADOR DEL IMPUESTO CON FECHA DEL 2000 EN LA QUE DICE QUE YA HA SIDO LIQUIDADO EN EXPEDIENTE DE 1996. Desconozco si a esa fecha revisó la valoración que se le había dado en 1996, con lo cual voy a meter ese valor (porque es bastante inferior al valor de mercado en esas fechas).

SEGUNDA DUDA: En ese piso mi padre en el año 2014, pagó cerca de 9000 € por una mejora en fachada, y digo mejora porque cuando se hacen obras referentes a eficiencia energética se considera mejora y no simple reparación o conservación (espero no estar equivocada).

Esos cerca de 9000 euros, los sumo sólo al valor de adquisición de mi abuela (1995) o puedo dividirlo entre dos y sumar el 50% al valor de adquisición de mi abuelo (1980) ??? Saldría mejor dividiéndolo entre dos. Pero desconozco, porque aquí no he encontrado ninguna consulta que haga relación a este tema, si la Agencia tributaria podía decir que al haberse abonado en 2014, no podría esa parte acogerse a los coeficientes de abatimiento...

Si alguien me pudiese ayudar estaría muy agradecida. 

 

#2

Re: Ganancia patrimonial por venta piso heredado-Mejoras - Declaración de la Renta

Creo entender que tu padre es propietario por herencia del 50% del abuelo en una fecha y del 50% de la abuela en otra fecha. El valor que diga la herencia, con las correcciones que haga falta, es el valor de adquisicion.

Respecto a la plusvalia municipal, ve al ayuntamiento para que te hagan el calculo.

#3

Re: Ganancia patrimonial por venta piso heredado-Mejoras - Declaración de la Renta

De hecho, si pretendes deducir los 9.000 € por mejoras, deberás utilizar CUATRO fechas de adquisición:

Por el primer 50 % de la vivienda: 1980 y 2014

Por el segundo 50 % de la vivienda: 1995 y 2014

Por supuesto la mejora de 2014 no tiene derecho a ningún coeficiente de abatimiento.

Es extraño que en una transmisión del año pasado aun no tengas la liquidación del IIVTNU. Lo suyo sería presentar ahora el IPF con los datos que efectivamente consten. Y cuando ya se disponga del IIVTNU, presentar una solicitud de devolución por ingresos indebidos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Ganancia patrimonial por venta piso heredado-Mejoras - Declaración de la Renta

Cuatro fechas de adquisición? Y cómo hago con el valor de transmisión en ese caso? Dividirlo por cuatro? Porque si no estaría declarando dos veces ese valor, no? Jejeje, se complica la cosa...

Ya, lo de la plusvalía había pensado algo así. Va con mucho retraso el Ayuntamiento, cosa rara porque a la hora de recaudar andan todos como balas !!!!