la "unidad familiar" de cara al IRPF son los cónyuges casados, los hijos menores de edad a 31 de diciembre que no estén emancipados y los mayores de edad incapacitados judicialmente sometidos a patria potestad. Por tanto, el hijo que cumplió 18 años no forma parte de la unidad familiar.
Ahora bien, si convive con los padres o depende económicamente de ellos, ganó menos de 8.000 euros y no presentó declaración por más de 1.800, los padres pueden aplicar la deducción por descendientes si es menor de 25 años, que es otra cosa distinta.
Y la deducción por familia numerosa, a su vez tiene sus requisitos: como he comentado antes, se aplica mientras conserven el título de familia numerosa, y se lo van a seguir renovando en tanto en cuanto al menos uno de los hijos cumpla las condiciones. El hijo que ya no cumpla los requisitos, por ejemplo de dependencia económica, para ser parte de la familia numerosa, no puede beneficiarse él de descuentos en transporte público, universidad,etc, pero el resto de la familia, sí.