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Declaración conjunta con pareja incapacitada

1 respuesta
Declaración conjunta con pareja incapacitada
Declaración conjunta con pareja incapacitada
#1

Declaración conjunta con pareja incapacitada

En febrero de 2017, Han incapacitado a mi esposa, incapacidad absoluta permanente.Mi duda es la siguiente , si hacemos la declaración conjunta tendría que sumar su ingresos por pensión  cómo rendimiento de trabajo a los míos?

Cuáles son las cuantías de desgravamiento si la hacemos conjunta? Su discapacidad es superior al 65%

Un Saludo

Gracias de antemano

#2

Re: Declaración conjunta con pareja incapacitada

Buenas Tardes 

La legislación dispone lo siguiente:

Estarán exentas:

  • Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad  permanente absoluta o gran invalidez.

    Asimismo, las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, siempre que se trate de prestaciones en situaciones idénticas a las previstas para la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez de la Seguridad Social.

    La cuantía exenta tendrá como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. El exceso tributará como rendimiento del trabajo, entendiéndose producido, en caso de concurrencia de prestaciones de la Seguridad Social y de las mutualidades antes citadas, en las prestaciones de estas últimas.

  • Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de las mismas inhabilitare por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio.

 

Es decir las prestaciones que ella recibe están exentas y no tributan. Al hacerla conjunta puedes aplicar deducciones por su grado de incapacidad, además de la reducción por declaración conjunta.