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Re: Anualidades por alimentos
El manual de Renta 2016 dispone lo siguiente:
- Anualidades por alimentos a favor de los hijos.
Para el pagador: las cantidades satisfechas en concepto de alimentos a favor de los hijos por decisión judicial no reducen la base imponible general. Cuando el importe de dichas anualidades sea inferior a la base liquidable general y no se tenga derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, se someten a gravamen separadamente con el fin de limitar la progresividad de las escalas del impuesto.