Acceder

Impuesto sucesiones en el pais vasco

10 respuestas
Impuesto sucesiones en el pais vasco
Impuesto sucesiones en el pais vasco
#1

Impuesto sucesiones en el pais vasco

Hola querría saber como esta el impuesto de sucesiones en el pais vasco, saber si se paga como en Madrid (1%) o como en Andalucía (100%)También saber si eso se debe pagar conforme a la fecha de apertura del testamento o de la defunción, por que en el caso por el que consulto, por flecos en las reparticiones pasaron 10 años y aun no se abrió el testamento.Que ya que estamos.... puede tener alguna posibilidad de perdida o perjuicio por no abrirse en tantos años?

#2

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

El el País Vasco, si la herencia es entre cónyuges y/o descendientes, el tipo impositivo es el 1,5% actualmente.

Lo demás no lo puedo contestar porque no sé lo que es "abrir el testamento". Eso es propio de las películas americanas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

Se debió pagar el impuesto en su momento, y si no, a estas alturas estaría prescrito. Recuerdo que el impuesto se ha de presentar y abonar en 6 meses desde el fallecimiento, independientemente de que se hagan o no las operaciones de reparto. Siempre se hace en referencia a la fecha de falllecimiento.

Coincido con Juan en que no entiendo eso de abrir el testamento, aquí los testamentos son públicos para los que están mencionados en los mismos, y en ningún caso se espera 10 años a ver quienes son los herederos, lo que si se hace a veces es esperar muchos años para realizar las adjudicaciones, pero eso mas que "abrir", sería "cumplir" o "aplicar" el testamento.

Un saludo

#4

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

Lo de prescrito no se si se refiere al tratamiento o al impuesto

Con lo de abrir el testamento posiblemente me exprese mal por mi desconocimiento, me refiero que sabemos lo que en el pone por por era nuestro abuelo y sabemos lo que puso pero que no se fue al notorio por temas de que una propiedad era para 2 y no se ponían de acuerdo en la cantidad que cada uno quería, no se el perjuicio que eso puede tener...

A lo del impuesto entonces entiendo que el país vasco no es el impuesto como en Andalucía o Madrid, no?

#5

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

El impuesto es lo que prescribe, no sé a qué te refieres con "tratamiento".

Cada CA tiene su propia normativa en este impuesto que afecta a bonificaciones, tipos de gravamen, etc, de ahí que haya tantas diferencias de cuotas aún siendo el "núcleo" (conceptos básicos) del impuesto el mismo.

Un saludo

#6

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

Perdón lo del tratamiento se refería al testamento, el autocorrector del móvil....

Osea entiendo que el país vasco está al nivel de Andalucía que no bonifica nada, no? El impuesto es del 1,5 y en el país vasco se paga el 1,5, no?

Otra cosa que no entiendo de toda esta polémica con ese impuesto es que si prescribe en 6 meses... Lo único que hay que hacer para no pagarlo es dejar pasar 6 meses.... No?

#7

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

El impuesto en general no es del 1,5%, es una tarifa progresiva que parte del 7,65% y que puede llegar en casos extremos a mas del 60%. Así que, según Juan, allí está bastante bonificado, no tanto como en Madrid, pero si.

Y no prescribe en 6 meses, es en 4 años y 6 meses. Y ahora mismo las Haciendas no suelen dejar pasar ese tiempo sin intervenir, antes quizás era más fácil que no las pillaran.

Un saludo

#8

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

Pues creo que con eso ya habéis resuelto todas mis dudas, os lo agradezco mucho por la ayuda

#9

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

A tener en cuenta que, si se trata de Álava, el plazo de prescripción serían 5 años desde la finalización del plazo para declarar que es un año. Por lo que el plazo desde el fallecimiento es de seis años.

En todo caso, si han pasado 10 años, está prescrito.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

En el tema de la prescripción tengo una duda.... Prescribe si no se realiza ninguna acción en dicho tiempo, no es así? Pero si realizan acciones como por ejemplo envío de cartas pero estas no son recibidas por no vivir nadie ya en ese domicilio.... Prescribe o no? Por que ellos si hacen acciones de reclamar pero el interesado no es consciente de ello.... Osea que me refiero a que si te lo reclaman pero no te enteras se Renuevan el tiempo de prescripción con cada carta?

#11

Re: Impuesto sucesiones en el pais vasco

La prescripción se interrumpe si esas cartas las recibe el heredero, es decir, si se le ha notificado correctamente el inicio de algún procedimiento tributario tendente al cobro de esa deuda. Si no se ha llegado a notificar, no se interrumpe . Pero, hay que tener en cuenta la posible notificación por comparecencia tras publicación en el BOE si la notificación no ha sido posible en el domicilio fiscal o aportado por el interesado. Es decir, si los intentos de notificación fueron correctos, y se dejó aviso de retirar la carta en correos, si luego no se retira y se publica, se da por notificado e interrumpiría la prescripción.

No obstante, si ahce ya diez años y nadie ha tenido noticia alguna al respecto ni os han embargado directamente, no deben haberlo detectado y debe estar prescrito de sobra.

Un saludo