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Indemnización por traslado en el IRPF

4 respuestas
Indemnización por traslado en el IRPF
Indemnización por traslado en el IRPF
#1

Indemnización por traslado en el IRPF

Hola, antes de nada presentarme, soy Félix y estoy muy agradecido de la ayuda que nos prestáis.
He recibido este año una indemnización por traslado de centro de trabajo del año 2014 y tengo que hacer una complementaria.
Los conceptos de la indemnización son:

  • Por traslado temporal notificado y vencimiento del traslado temporal indemnización de Dos meses de Salario Real.
  • Por traslado de centro de trabajo perfeccionado indemnización de Dos meses de Salario Real.
  • Por Incumplimiento de preaviso de traslado de Centro de Trabajo indemnización de Tres meses de Salario Real.

He leído que los gastos de desplazamiento en los traslados forzosos de centro de trabajo no se declaran.
Por favor me podrían aclarar que es lo que tengo que declarar y en el caso de tener que hacerlo en qué concepto.

Muchas gracias.
Saludos.

#2

Re: Indemnización por traslado en el IRPF

Lo que está exento es exclusivamente lo percibido para desplazamiento y manutención en el traslado (incluida la familia) y por traslado de mobiliario.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Indemnización por traslado en el IRPF

Muchas gracias Juan por tu rápida respuesta.
¿Si una vez hecha la declaración complementaria, la cantidad por rendimientos del trabajo fuese inferior al mínimo de 18.000 €, podría no tener que hacerla, o la tengo que hacer de todas as formas?

Muchas gracias de nuevo.
Saludos.

#4

Re: Indemnización por traslado en el IRPF

Buenas tardes Juan, a medida que voy haciendo la declaración me van surgiendo diferentes dudas, ya que este año se complica un poco con pago de indemnizaciones, costas procesales e intereses.
Mis dudas son:
1.- Me han indemnizado por el transporte y la fecha en la que se hizo firme la sentencia es posterior a los dos años de cuando se solicita.
¿Esta cantidad se imputa integra en la base imponible como renta de trabajo?
2.- Me ha pagado las costas que han ido integras, más una cantidad que tuve que aportar al abogado, por lo que yo no he visto nada y solo puedo deducirme 300 €.
¿Esta cantidad también se imputa integra en la base imponible como renta de trabajo?
3.- Me han pagado los intereses de demora (más de dos años).
¿Esta cantidad se imputa integra como rendimiento de capital mobiliario? Si es así dime por favor en que casilla.

Muchísimas gracias por el asesoramiento.
Saludos

#5

Re: Indemnización por traslado en el IRPF

Hola buenos días, por favor me puedría ayudar alguien con las dudas planteadas en los post´s anteriores.

Muchas gracias.
Saludos.