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Fiscalidad en herencias

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Fiscalidad en herencias
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Fiscalidad en herencias
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#1

Fiscalidad en herencias

Buenos días compañeros de Rankia, tengo una herencia o donación en este momento que no sé como tratar. Resulta que vivo en Barcelona, y mi padre está muy malito, es muy mayor. Nosotros somos de Italia, y tenemos casa en Italia y Francia. Me gustaría saber como podría resolver la transmisión patrimonial ya se como DONACION o como HERENCIA de dos casas una en Italia por valor aprox de 800 k, y otra en Francia de 1,2 M antes de que mi padre fallezca, para que fiscalmente me salga mas óptimo.

Muchas gracias al foro.

Arturo Martín

#2

Re: Fiscalidad en herencias

Pero, ¿dónde vive tu padre?, ¿en España o en Italia? y ¿eres residente fiscal aquí en España y lo vas a seguir siendo?, ¿o tienes previsto volver?

Un saludo

#3

Re: Fiscalidad en herencias

Soy residente en bcn. Los inmuebles estan uno en Italia, el otro en Francia. Si, voy a seguir tributando aquí en bcn

#4

Re: Fiscalidad en herencias

Si eres residente, tendrás que tributar aquí por todo lo que recibas, esté donde esté, y según las normas propias que tengan en Cataluña. Aunque si tu padre no es residente, se presenta en la AEAT en Madrid, no en Barcelona.

Te dejo el enlace de la Generalitat con las reducciones por sucesión y por donación, pero por lo que parece, en donaciones no existe la bonificación de la cuota que si existe en sucesiones, por lo que resulta mejor esperar a la sucesión. De todas formas, por los importes que mencionas y la complejidad al haber no residentes de por medio y bienes en el extranjero, te aconsejo acudir a un asesor.

http://etributs.gencat.cat/web/.content/documents/02_doc_tributs/02_impost_suc_don/bonificacions_isd_2014_cas.pdf

Un saludo

#5

Re: Fiscalidad en herencias

Hola a todos. Perdonad que aproveche el hilo, pero me parece mejor que abrir uno nuevo para un mismo tema. Vosotros valorareis.
Bueno el caso es el siguiente. Ha fallecido el hermano de mi mujer que se estaba soltero y ha dejado en el testamento como herederos a partes iguales a mi mujer (residente en Castilla y Leon) y a su otro hermano (residente en el Pais Vasco). Mi cuñado fallecido ha vivido siempre en Bilbao y ha estado empadronado en la Comunidad Valenciana estos últimos tres años y deja en herencia un apartamento en Alicante (+- 120.000 euros), un piso (+- 160.000 euros) y un pequeño local comercial (+- 35.000) en el Pais Vasco ademas de una cuenta en el banco de unos 20.000 euros. Como, donde y cuando se tributa. Que es mejor tributar por todo y repartir o repartir y tributar cada una de las partes. Hacen algún tipo de reducciones en la tributación. El valor de las viviendas las he puesto por lo que creo que valen. Donde se puede mirar por el precio que tributan. No se me ocurre que más preguntar. Dejo a vuestro conocimiento toda aquella información que pueda ser de utilidad de forma tal que el otro heredero (hacienda) se lleve la menor parte posible.
Un saludo a todos y gracias de antemano por vuestro tiempo y repuestas.

#6

Re: Fiscalidad en herencias

Se tributa en la CCAA en el que el fallecido haya residido mas tiempo en los 5 años inmediartamente anteriores al fallecimiento, por lo que entiendo que se tiene que trubutar en la CCAA valenciana. En el plazo de 6 meses desde el fallecimiento aunque se puede solicitar aplazamiento antes de los 5 meses, y lo suelen conceder y se pagan intereses. La herencia la tienen que hacer todas las partes en un mismo acto, repartiendose los bienes al 50%. tambien se tiene que pagar la plus valia en los ayuntamientos donde estan ubicados los inmuebles. Resumiendo mucho la pregunta. salvo mejor opinión

#7

Re: Fiscalidad en herencias

Gracias por el interés.
Saludos

#8

Re: Fiscalidad en herencias

Como vivís cada uno por un sitio, buscaros un Notario que ofrezca también el servicio de registrar los inmuebles en el Registro de la Propiedad correspondiente, ahorrareis tiempo y dinero en desplazamientos.
Para saber el valor exacto fiscal de los inmuebles, que será el que deberéis poner para evitar paralelas de la Hacienda Autonómica, meteros en la pagina web de la Comunidad Valenciana y ya veréis como la encontráis, de todas formas el Notario sabrá hacerlo por vosotros (sus ayudantes).

Por favor, cuando terminéis el proceso contad como lo habéis hecho, ayudará a otros.

Un saludo

#9

Re: Fiscalidad en herencias

Casi todo te lo ha dicho ya Mergares. La herencia entera debe tributar en Alicante o donde viviera allá en Valencia.
Lo único, puntualizar que los inmuebles del País Vasco deben valorarse según las normas que tengan allí, supongo que en su página web se podrá ver el valor que les van a dar. La Oficina competente de la Com valenciana los mandará allí a valorar.
Y que se preparen que les va a salir por una pasta por ser colaterales.

Un saludo

#10

Re: Fiscalidad en herencias

Gracias a todos por contestar.
No tengo tan claro que tenga que pagar en la Comunidad Valenciana. He estado ampliando mi información y tengo que decir que no os he pasado todos los datos. Si es verdad que ha estado empadronado casi tres años en Valencia, pero vivir alli solo lo ha hecho durante los meses de verano, ha realizado la declaracion de la renta en bilbao y paga todos los gastos, incluidos los de Alicante a través de la oficina de la bbk en bilbao, además del médico, etc. La idea es tributar en el Pais Vasco que me parece que trata mejor fiscalmente el tema. Seguro que si pagamos en Bilbao los de alli no van a decir que no les paguemos y si acaso que recurra la Comunidad Valenciana.

Resuelto esto mi duda estaba más en que podía ser mas interesante si pagar entre los dos por todo y después repartir al 50% o repartir y luego que cada uno pague por lo que herede.

#11

Re: Fiscalidad en herencias

No estoy nada seguro de que la tributación en el País Vasco tenga mejor trato siendo colaterales. Mejor consulta la web de la Hacienda foral de Bizkaia.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: Fiscalidad en herencias

En ese caso, si bien le corresponde tributar en el Pais Vasco, el empadronamiento juega en su contra, aunque como dices, no creo que le pongan pegas allí.
Respecto a lo otro, es que se paga por la mitad de la herencia en cualquier caso, y si luego al adjudicar uno se adjudica mas que el otro, entonces surgen excesos de adjudicación, que tributan en transmisiones patrimoniales si son evitables.

Un saludo

#13

Re: Fiscalidad en herencias

Hola a todos. GRacias por contestar.
He seguido buscando y he encontrado que si ha residido en Vizcaya más de 183 días antes de fallecer tendría que tramitar el impuesto de sucesiones en Vizcaya, respecto al trato del contribuyente tambien he encontrado esto:

En Vizcaya:
Grupo III: colaterales 2º y 3º, ascendientes y descendientes afines, 40.000 para colaterales de 2º grado de consanguinidad; 20.000 € para colaterales de tercer grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad.

En la Comunidad Valenciana no tiene reflejado nada para dicho grupo, así que supongo que se aplica el establecido para el resto del estado
Grupo III: colaterales 2º y 3º, ascendientes y descendientes afines Reducción 7.993,46

Un saludo

#14

Re: Fiscalidad en herencias

Pues si sale mejor entonces en Vizcaya, has tenido suerte.

Un saludo

#15

Re: Fiscalidad en herencias

Gracias leopol72.

Si que me parece que es mejor en Vizacaya pero como bien dices no deja de ser un problema que se empadronase en Valencia. No se como justificar que a pesar de estar empadronado en Valencia, solo permanecía alli durante cuatro meses como máximo. Y este último año estaba en Vizcaya desde noviembre pasado. No se si con el historico de empadronamiento puede valer unido a los movimientos bancarios, recibos de la luz y telefono, de la comunidad de vecinos. No se como plantearlo. Y es que la difencia de pago en un sitio y en otro no se gana cantando.
Un saludo y gracias.