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Impuesto Sucesiones Aragon

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Impuesto Sucesiones Aragon
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#1

Impuesto Sucesiones Aragon

Buenos dias,

Al intentar realizar todo el trámite de una herencia, tengo unas dudas al intentar calcular el ISD que saldrá:

Ejemplo. Vivienda habitual valorada en 200.000. Saldos bancarios de 40.000. Acciones empresa familiar de 160.000. En total suma 400.000 eur.

Se trata de una herencia que deja viuda y dos hijos. Según lo que rige en Aragón, lo primero disolver la sociedad gananciales, con lo que 200.000 serían de la viuda (sin ningún pago de ningún impuesto) y otros 200.000 el caudal relicto.
La pregunta es: Esos 200.000 que son de caudal relicto, ¿se pueden especificar o es la mitad de los bienes? Es decir, se puede decir que es toda la vivienda habitual, o será la mitad de la vivienda, bancos y acciones? Es por luego aplicar las reducciones correspondientes ya que por vivienda o acciones se podrá reducir la base imponible.

Muchas gracias anticipadas

#2

Re: Impuesto Sucesiones Aragon

No sé si vuestro derecho foral regulará algo al respecto (supongo que será como el nuestro), pero en el territorio del derecho civil común puede decirse que la parte que le corresponde a la viuda de la extinción de la sociedad conyugal es la vivienda y el resto es caudal relicto, si todos los interesados en la herencia están de acuerdo.

Respecto a las reducciones, con que se mantengan 10 años, salvo que vuesta CCAA haya establecido otro plazo, pueden aplicarse aunque pertenezca a la viuda y a los hijos en proindiviso.