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¿Qué impuestos he de pagar? Cliente USA, autónomo - España

3 respuestas
¿Qué impuestos he de pagar? Cliente USA, autónomo - España
¿Qué impuestos he de pagar? Cliente USA, autónomo - España
#1

¿Qué impuestos he de pagar? Cliente USA, autónomo - España

Buenas tardes,

Me ha surgido la oportunidad de trabajar desde casa para un cliente en los Estados Unidos. Según tengo entendido, a la hora de facturar no tengo que incluir ningún tipo de impuesto, puesto que es un cliente extracomunitario.

No obstante, en la declaración de la renta, tendré que tributarlo de alguna manera. ¿Sabría alguien decirme cómo calcular esto?

Por otro lado, ¿podría desgravar gastos del tipo, suministros y alquiler que usaré para ofrecer los servicios? (incluso teniendo en cuenta que sería en casa)

#2

Re: ¿Qué impuestos he de pagar? Cliente USA, autónomo - España

Se trataría de una exportación, exenta de IVA, pero con derecho a dedicur las cuotas soportadas.

Formalmente deberás presentar los modelos trimestrales del IRPF y del IVA (130 y 303, resp.).

El IRPF, deberás hacer un pago a cuenta del 20 % de tu resultado.

El IVA, si solo tienes cuotas soportadas, deberás irlas acumulando, y solicitar compensación o devolución.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: ¿Qué impuestos he de pagar? Cliente USA, autónomo - España

Cachilipox, muchas gracias por responder.

Entonces, ¿solo tengo que pagar un 20% sobre el salario total?

El escenario es: Trabajo para esta empresa, al final de mes emito factura con X.

Sobre ese X debería ahorrar un 20% para el IRPF según me comentas. ¿Y ya está? ¿El resto del dinero puedo "gastarlo" en mi "salario"?

¿El cálculo viene antes o después de pagar gastos? Es decir, antes de pagar autónomo e Internet.

Otra duda que me surge: Dado que ninguna de las facturas que yo emita tienen IVA, ¿todos los gastos que yo tenga es IVA a devolver?

#4

Re: ¿Qué impuestos he de pagar? Cliente USA, autónomo - España

El pago a cuenta del IRPF es después de gastos.

Factura por 100, gastos por 20, resultado por 80, pago a cuenta 20 % s/80 = 16.

Como solo es un pago a cuenta, tampoco te gastes todo el resto alegremente, que en la declaración anual podría salirte a pagar.

En el IVA, si todo son exportaciones, todo el IVA soportado será con derecho a devolución.

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