Deducciones y compensación de IVA en alquileres de locales comerciales
Estimados todos, mi consulta se refiere a los gastos deducibles en el alquiler de un local que se ha acondicionado para plazas de garaje. En la obra realizada se han distinguido dos facturas: La primera de pintura del local y cambio del portón. La segunda de nuevos elementos (albañilería-tirada tabique, recogida escombros, nueva ventilación, detección CO, etc).
1) ¿Es posible deducir la base imponible de la primera factura como gastos de reparación-conservación de los ingresos del alquiler? ¿y la segunda según el 3% de amortización como gastos de ampliación y mejora?
2) Si el primer año el exceso de gastos es de cuantía importante ¿dicho exceso se puede meter como gasto en el 2º año de alquiler?. Si en los años sucesivos sigue habiendo exceso de gastos heredados de ejercicios previos ¿cómo se deducirían en los ejercicios siguientes?
3) El IVA de estas facturas ¿puede compensarse con el repercutido en el alquiler de otro local arrendado previamente? Si es así y al compensar los ivas hay exceso de iva soportado al final del año natural ¿ese exceso se puede compensar en años sucesivos?
Muchas gracias por su atención.