Acceder

¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

31 respuestas
¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?
¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?
Página
2 / 4
#9

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Yo sigo teniendo mis dudas, dado que creo recordar que la aceptación de la herencia no puede ser parcial. Por lo que habrá que entender que en la aceptación inicial se incluía todo.

#10

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Efectivamente, la aceptación de una herencia no puede hacer se parcial, debe hacerse pura y simple o a beneficio de inventario, de ahí que haya entrecomillado el parcialmente.

El caso es que aquí se trata de un bien que no se tuvo en consideración a la hora del reparto y aceptación de la herencia por pasarse por alto en el inventario y que se adiciona ahora por acuerdo de todos los herederos a consecuencia de su descubrimiento, con lo que creo que debe ser tomado por su valor actual y no por su valor de hace más de 30 años (que a saber cual era).

#11

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Hola,

os he seguido e intentado aportar alguna perspectiva.

Antes de proponer me pregunto:

a) Respecto a prescripción del ISD correspondiente al bien adicionado:

¿se podría alegar prescripción?: entiendo que no pues se podría voluntariamente disminuir el caudal hereditario, esperar la prescripción y luego adicionar a voluntad.

b) Respecto al valor del bien adicionado.

Reconozco que me encuentro dudoso. Aunque opto por el valor a fecha del fallecimiento del causante.

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CONT_Pregunta_FA&cid=1142342580734&language=es&oid=1142342475663&pageid=1158306777313&pagename=Contribuyente%2FCONT_Pregunta_FA%2FCONT_pregunta
se dice "En esta nueva autoliquidación deberá partirse del valor real, que a la fecha del fallecimiento del causante, tuvieran todos los bienes y derechos que integran la herencia (tanto los ya declarados como los que se declaran ahora)".

Entiendo que lo anterior se encuentra también recogido en Consulta vinculante V0238-06, de 9 de febrero de 2006, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas.

Un saludo

#12

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Vamos a ver, si yo valoro dentro del plazo de presentación o antes de finalizar el de prescripción un bien al declarar sucesiones por una cantidad, me liquidan por esa cantidad o me comprueban y me liquidan por la suya.
Si años después declaro una adición, lo que hay que hacer es una complementaria, por el valor que yo declaro en ese momento, en teoría referido al momento de fallecimiento, pero que puede estar calculado a valor actual, si no ha pasado el plazo de prescripción, me liquidan, pero si ha pasado, no pueden, pero el valor a efectos de sucesiones es el que acabo de declarar, lo único es que me libro de pagar sucesiones por él.
Es una cuestión que bordea los límites de lo previsto en las normas tributarias, pero que yo he visto varias veces, hay gente que declara adiciones prescritas con el único fin de actualizar valores y disminuir los incrementos de patrimonio en renta.

Un saludo

#13

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Respecto al a) "se podría alegar prescripción?: entiendo que no pues se podría voluntariamente disminuir el caudal hereditario, esperar la prescripción y luego adicionar a voluntad."

Efectivamente, se puede hacer, pero corres un riesgo de que esos bienes se encuentren y te los incluyan en la herencia y encima te sancionen por ocultamiento. Hay que decir en favor de la gente, que la mayoría son por desconocimiento u olvido.

Respecto al "b) al valor del bien adicionado."
Nuevamente, el valor que se les debe dar a los bienes es en teoría a fecha de fallecimiento, pero nada te impide poner uno mas actual; si te liquidan, tendrás que pagar más, pero si está prescrito, te libras y consigues un valor de adquisición más alto.

Vuelvo a repetir que se trata de casos que bordean la legalidad y puede que en algún caso no cuele

Un saludo

#14

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Es importante el matiz de que sea una adición y no un bien declarado en su momento, lo que no puedes es actualizar el valor de un bien ya declarado, bueno si puedes pero no suele colar si la herencia está prescrita, si no lo está si porque es problema tuyo el poner un valor mas alto de la cuenta y pagar un impuesto de sucesiones mas alto por eso

Un saludo

#15

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Si le das un valor de adquisición cero a la parte de tu abuela no pondrán ningún problema, es el que ponen ellos cuando no se puede justificar

Un saludo

#16

Re: ¿Cuál es el valor de adquisición del bien adicionado a la herencia?

Muchas gracias por tus aportaciones leopol72, voy a hacer las cosas de la siguiente manera en las declaraciones a ver si te parece lo más justo, legal y correcto posible:

En la de mi abuela imputaré una ganancia patrimonial de 391,25 obtenida desde la adquisición de la finca por parte de mis abuelos, pues es la parte ganancial que le corresponde a mi abuela de la misma y por tanto es suya desde su compra; podría intentar prorratear el valor global entre las fincas en base a su superficie, pero me parece complicado y para que valga dos euros o menos no compensa.

En la de mi padre imputaré una ganancia patrimonial nula y en el mismo día debido a que fue adquirida y donada en el mismo momento, con lo que la operación sale a cero (Y tampoco hay derecho a que mi padre se beneficie de los coeficientes actualizadores).

Por otra parte no hay gastos que puedan atribuirse a las mismas, pues toda la operación ha sido escriturada en un único protocolo y por tanto facturado a mi nombre, con lo que no hay gastos deducibles a sus nombres.

¿Te parece correcto?, ¿Hay algo que consideres que se me ha pasado por alto?

Añadir que, efectivamente, el olvido de esta finca se debió a un fallo por parte de mi padre y abuela a la hora de la herencia de mi ya fallecido abuelo y que ha salido a la hora de quererme donar la finca ella.

Guía Básica