Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
Buenas tardes, hace ya algún tiempo que os vengo leyendo, y hoy por fin, me he decidido a registrarme. Antes llegué hasta Tristan por un tema de unas propiedades de una herencia un tanto "problemáticas" (que por cierto, lo siguen siendo). Y ahora, nos enfrentamos al pago del Impuesto de Sucesiones y a la ansiada disposición del dinero (después de estar esperando 4 años a que Hacienda pasara la liquidación..).
Bueno, al toro. Mi consulta trata sobre una herencia compuesta por diversos inmuebles y dinero en cuentas bancarias, repartidos el total de los bienes de la siguiente forma; 50 % para mi madre y 50 % para sus sobrinos.
De esto, hace 4 años que falleció mi abuela materna, y en el momento de hacer la liquidación con Hacienda del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), no se pudo hacer la autoliquidación del mismo, (pero lo que sí está hecha es la partición y aceptación de la herencia), puesto que la mitad de los herederos (los sobrinos), residen en el extranjero, así que hubo que recurrir a una liquidación normal (para la que han tardado 4 años en pasar el ISD).
La duda es acerca de la disposición de efectivo de las cuentas que componen la herencia, la parte de mi madre (es decir, su 50 %), más la parte de dos de sus sobrinos (de los que tiene poder notarial, que corresponde un 12'5 % a cada uno, entre los dos el 25 %). Con los otros dos sobrinos no hay posibilidad de llegar a acuerdo alguno.
El asunto es, y una vez liquidado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que le corresponde pagar a cada parte, ¿pueden los herederos que hayan hecho frente al pago del mismo disponer de su parte de efectivo de las cuentas bancarias?.
Un saludo y muchas gracias por vuestra ayuda.