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Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

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#9

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

Lo que no entiendo es que sin liquidar el impuesto, el Registro de la Propiedad acepte inscribir la escritura. Creo que actualmente incluso se exige que previamente se haya presentado la declaración de plusvalía municipal.

#10

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

No se si se puede o no, quizás de unas comunidades a otra cambian los métodos, ni idea. Yo te hablo desde nuestra experiencia. Pero en su día, y nada más estar las escrituras hechas en Notarías, pasaron a inscribirse en el Registro de la Propiedad. Ah, y la Plusvalía también está pagada.

Lo único que queda pendiente es el ISD, porque todo lo demás ya está "puesto al día", y desde hace bastante tiempo además. Cuatro añazos.

#11

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

Bueno,parece que ya está todo claro. Lo que os queda pendiente no es liquidar el Impuesto de Sucesiones sino pagarlo, porque ya declarásteis hace 4 años y ahora os lo han liquidado.
Según tus mensajes, ya tenéis:
- La escrituta de aceptación, partición y adjudicación.
- La liquidación del I. de Sucesiones.
- Liquidada y pagada la plusvalía municipal.
Por todo esto, el Registro de la Propiedad os ha hecho la inscripción de la escritura sin problemas.
Por igual motivo, el banco debería entregar los fondos que correspondan a cada heredero, presentándole la "famosa escritura" y el justificante del pago del impuesto, nada más.
O sea que lo más aconsejable es presentar las copias de la escritura y justificantes del pago del impuesto con un escrito en que se solicite el pago a cada heredero (con copia sellada del escrito). Si pasado un tiempo prudencial no hay noticias, acudir al defensor del cliente.

#12

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

Sí, el Banco debería de liberar los bienes con la escritura y el justificante de pago del Impuesto. Y de hecho, en el correo que nos dio una de las asesoras comerciales de la entidad y que el otro día copié el contenido, más en concreto el segundo punto dice esto (vuelvo a pegarlo):

-Carta de adjudicación firmada por todos los herederos, con reconocimiento de firma por parte de la oficina, donde indique el porcentaje correspondiente a cada heredero. (¿Por todos los herederos?. Entiendo que se podrán agarrar a la responsabilidad subsidiaria de la entidad, pero esto deja de tener sentido en el momento que se pague el Impuesto, no de todos los herederos, pero sí de la parte que se quiere disponer).

Así que insisto, lo de la carta (que por cierto, es la propia Entidad quien ha de redactarla), de acuerdo, pero no tiene por qué ser firmada por TODOS los herederos. Primero, porque no hay posibilidad de contactar con dos de ellos, y segundo, porque para disponer de parte de los fondos, bien sea del 50 % o del 75 %, lo lógico y razonable es que si lo piden, sea en relación a esos herederos y a esa parte de los fondos, NO a la totalidad de la cuenta.

#13

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

Esa carta es sencillamante absurda porque no añade nada a la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia. La escritura la hace un notario que da fe de la firma de todos los herederos, por tanto no hace falta ningún otro documento.
Evidentemente, para salvaguardar su responsabilidad subsidiaria, el banco sólo realizará el pago a aquellos herederos que acrediten haber pagado el impuesto, pero eso nada tiene que ver con la carta de referencia.
Si os siguen dando la lata con esa carta, hay que acudir inmediatamente al defensor del cliente porque se trata de una maniobra dilatoria.

#14

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

Sí, así es. Absurda la carta, y absurda la actitud de la entidad. Por lo visto, para que no desentone... Ya que no conformes con haber tenido las cuentas bancarias bloqueadas durante cuatro años (y todo sea dicho, disminuyendo el saldo a base de comisiones), ahora vienen a poner todas las pegas del mundo.

Y ojo, lo que es peor, ¡es que han perdido toda la documentación que les llevamos en su día!. La escritura, el certificado de defunción y demás, ya que sólo se quedó pendiente de llevar el justificante de pago del Impuesto. Bueno, pues ahora tampoco saben ni dónde está. Esto es de locos, por no decir de incompetentes.

Y por cierto juan st, muchas gracias por tu ayuda.

#15

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).

Visto lo ocurrido yo iría presentando la reclamación al defensor del cliente, independientemente de lo que suceda con los pagos (incluidas la comisiones en una cuenta bloqueada). Hace ya unos años, a cuenta de una herencia, yo presente un total de 7 reclamaciones al defensor del cliente. Todas menos la última por maniobras dilatorias y en todas menos la última me dio la razón. En la última, como tenía contenido económico, me acabó dando la razón el Banco de España.
Así que te recomiendo que no te cortes ni un pelo: a cada pega, por pequeña que sea, reclamación al canto. Y además se lo puedes ir advirtiendo.