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Impuesto de Sucesiones - Valor inmuebles

2 respuestas
Impuesto de Sucesiones - Valor inmuebles
Impuesto de Sucesiones - Valor inmuebles
#1

Impuesto de Sucesiones - Valor inmuebles

Tengo una duda, ¿ qué valor hay que poner en el Impuesto de Sucesiones, el valor de escritura ( valor real) o el valor que estima la Administración ?

Gracias

#2

Re: Impuesto de Sucesiones - Valor inmuebles

Valor real de mercado y como limite inferior, el valor estipulado por la Administración.

Cada Comunidad Autónoma suele tener en sus paginas Web ,los valores adjudicados por la Administración .

Saludos

#3

Re: Impuesto de Sucesiones - Valor inmuebles

Te explico cómo funciona en la práctica:
Tienes que poner el valor que tu estimas que es el real (o de mercado) del bien a fecha de fallecimiento.
La Administración hace una estimación rápida del valor (en inmuebles urbanos) en función del valor catastral y unos coeficientes aprobados en tablas cada año según el municipio.
Si el valor calculado es inferior o igual al declarado, te dejan lo que tú has puesto.
Si el calculado sale superior, te calculan la diferencia a pagar con el nuevo valor, y si sale suficente para merecer la pena, te la liquidan, adjuntandote un documento de valoración oficial, pero no es una tasación, sino una valoración por tablas que hace el funcionario y no el arquitecto.
Si no estás de acuerdo, puedes alegar si hay algún error en la valoración, o promover la tasación pericial contradictoria si no lo hay, teniendo en cuenta que:

-ellos te harán otra valoración ya supuestamente técnica por arquitecto técnico
-tú tienes que aportar una tasación pagada por ti
-en caso de gran discrepancia entre ellas, se va a un perito tercero que pagas tú o la Administración dependiendo de varios factores.
Si tienes una duda concreta pregunta

Un saludo