Acceder

Alta autónomo

4 respuestas
Alta autónomo
Alta autónomo
#1

Alta autónomo

Hola, me voy a dar de alta como autónoma.

Me han dicho que tengo que rellenar el modelo 037 pero que también debo presentar el modelo TA0521 para darme de alta en la Seguridad Social. Respecto a este último, quisiera saber si primero debo presentarlo y al cabo de un mes ya pagaré la cuota o ésta se paga por adelantado y, sobre la cuota (soy menor de 30 años), si pagaré efectivamente 50 € o 75 porque me han comentado que al final la ayuda con realmente 75 € por una contingencia que no recuerdo.

Si debiera tener algo más en cuenta os lo agradecería.

Muchas gracias.

#2

Re: Alta autónomo

Una vez ya estés de alta en hacienda, tienes 30 días para presentar el alta de autónomos.
La primera cuota te la cobrarán no a final del mes en curso (que es lo habitual), sino a final del siguiente mes.

La cotización bonificada se queda en unos 50 € por contingencias comunes, y unos 25 € por IT, total unos 75 e reales.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Alta autónomo

Muchísimas gracias por tu respuesta, me ha sido de gran ayuda.

De momento, me gustaría pagar sólo los 50 €. Sobre el impreso del TA.05211/1 entonces:

- 4.1 OPCIÓN RESPECTO DE LA BASE DE COTIZACIÓN: ¿aquí tacho la base mínima?

4.2 MUTUA DE COBERTURA DE INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DE CONTINGENCIAS COMUNES

4.3 OPCIÓN RESPECTO DE LA COBERTURA DE LAS CONTINGENCIAS PROFESIONALES (ACCIDENTES DE TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES): ¿Tacho "acogerse"?.

4.4 OPCIÓN RESPECTO DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL EN SITUACIÓN DE PLURIACTIVIDAD:
¿Tacho "no acogerse".?

Por otro lado, respecto al modelo 037 tengo otras dudas:

- Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del I.R.P.F. derivados del desarrollo de
actividades económicas propias:

¿Marco alta?

- Comunicación de inicio de actividad. Entregas de bienes o prestaciones de servicios previa o simultánea a adquisición de bienes o servicios.

Voy a indicar ésta porque mi intención es comenzar la actividad a la vez que adquiero los biene con ésta relacionados.

-RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA
Obligación de realizar retenciones o ingresos a cuenta sobre rendimientos de actividades profesionales, agrícolas, ganaderas, forestales u otras actividades económicas, premios, determinadas imputaciones de renta o determinadas ganancias patrimoniales (modelos 111)

¿Tacho alta? Porque deberé practicarlos al desempeñar una actividad profesional.

- Voy a pertenecer a una asociación de profesionales, debo tachar que voy a estar colegiada?? Porque supongo que es diferente un Colegio Profesional de una asociación.

- No voy a tener local habilitado ninguno así que supongo que bastará con rellenar los datos de mi domicilio fiscal, me equivoco? Sin rellenar el LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD.

Siento tantísimas preguntas y mil gracias por la ayuda prestada.

#4

Re: Alta autónomo

Por el inicio lógico, primero lo censal:

Al parecer va a ser una actividad profesional, sin local afecto concreto. El domicilio de la actividad profesional puede ser perfectamente el particular del propio profesional.
Debes señalar SIN LOCAL AFECTO, e indicar la ciudad de tu domicilio personal/profesional.

El modelo 111 solo deberías presentarlo si tu pagas a terceros rendimientos sometidos a retención. Trabajadores,... otros profesionales,... Si no es el caso, no corresponde. Y cuando te veas en el supuesto, ya notificarás el tema.

Pagos a cuenta, modelo 130. Si tus actividades van a ser prestadas a otras empresas, y ya te retienen en origen, no estás obligada a presentar pagos a cuenta. Si tus clientes son personas físicas, que no aplican retención, entonces eres tú la obligada a efectuar pagos a cuenta sobre ti misma.

Alta previa, o simultanea. Es la situación conocida como pre-alta. Podría darse el caso que inicies ya ciertas inversiones o adquisiciones, pero aun no estés trabajando para terceros. Es este caso, la adquisición de bienes y servicios es PREVIA. Una vez que ya iniciases relaciones comerciales normales con los clientes, deberías volver a hacer un alta, esta vez ya definitiva, señalando que habías marcado antes la de pre-alta.

El alta de autónomos no procede hasta que no te des de alta definitiva. Si es ya todo al inicio, pues alta en autónomos desde ya. Pero si haces lo de la pre-alta, hasta que no hagas el alta definitiva no toca.

Respecto de autónomos, es oibligado quye tengas la protección por IT. Si ya la tienes por estar de alta laboral en el régimen general, puedes obviarlo, y no afiliarte a ninguna mutua.
Si el alta de autónomos es única (sin regimen genrral simultaneo), entonces debes obligatoriamente cubrir la contingencia de IT, y afiliarte a una mutua. En la propia tesorería te indicarán cuales son las mutuas que existen, y su número de código. La afiliación es única junto con el alta de autónomos, sin más trámites.
Es totalmente libre elegir la que prefieras, pero no todas las mutuas tienen servicios en todas las provincias. Todas cuestan lo mismo, y salvo la atención en los dispensarios, que pueden tener o no en tu ciudad, las prestaciones económicas son idénticas.

Si quieres cotizar por lo mínimo, señala base mínima.

Lo de la asociación profesional, en este caso solo es de aplicación para algún supuesto:

Respecto de hacienda, para ciertos epígrafes que distinguen entre profesionales libres y colegiados (agentes comerciales, por ejemplo), con ciertas diferencias en el cálculo de los rendimientos.

Respecto de la SS, hay algunos colectivos, amparados por COLEGIOS profesionales, que tienen opción de cotizar o SS autónomos, o su propia mutualidad colegial.

En todo caso, y aunque no lo señalases en los formularios, las cuotas a la asociación profesional son gasto deducible para e IRPF.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Alta autónomo

Muchas gracias por tu respuesta y tu tiempo.

- Respecto al local existen dos opciones:
La actividad se desarrolla en local determinado (ésta será la que yo marque pero no sé qué debo poner en Nºde referencia).
La actividad se desarrolla fuera de un local determinado

- Sobre el modelo 111 no lo tacharé, de momento no voy a pagar nada a ninguna empresa, salvo algún que otro serivicios que contrate de publicidad. Sin embargo, el modelo 130 creo que sí lo voy a tachar, prestaré servicios tanto a particulares como a empresas.

- Quería señalar el alta como previa o simultánea pero pensaba que era definitivo, no quiere tener que volver a dar un alta definitiva así que tacharé la otra casilla. Realmente, la prestación de servicios y adquisición de material va a realizarse prácticamente al mismo tiempo pero puedo prestar un servicio antes de comprar material.

- He escogido estimación directa simplificada aunque creo que te viene por defecto.

- Finalmente, en la parte de IVA en el apartado E)DEDUCCIONES sobre prorratas....qué es preciso poner exactamente??

Desde luego, lo de las ayudas a autónomos me parece una tomadura de pelo con trampa final......gracias por avisarme y un saludo!