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Re: Complementos minimos pensión
dependerá de la ganancia que tengas restando del precio de venta el valor de adquisición (que será el valor declarado en la herencia), no del bruto que recibas.
Si esa ganancia, sumada a otros rendimientos distintos de la pensión, superan el umbral que da derecho al complemento a mínimos, te acabarán reclamando su devolución en un par de años, cuando Seguridad Social reciba la información de tu declaración. Pero solo para ese año, no te lo quitarían definitivamente.
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Revalorizacion/30434
LÍMITE DE INGRESOS (sin incluir la pensión) CUANTÍA ANUAL
Con cónyuge no a cargo | 7.638,00
Con cónyuge a cargo | 8.909,00
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal)
| 7.638,00
Si esa ganancia, sumada a otros rendimientos distintos de la pensión, superan el umbral que da derecho al complemento a mínimos, te acabarán reclamando su devolución en un par de años, cuando Seguridad Social reciba la información de tu declaración. Pero solo para ese año, no te lo quitarían definitivamente.
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Revalorizacion/30434
LÍMITE DE INGRESOS (sin incluir la pensión) CUANTÍA ANUAL
Con cónyuge no a cargo | 7.638,00
Con cónyuge a cargo | 8.909,00
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal)
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Re: Complementos minimos pensión
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Re: Complementos minimos pensión
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