Acceder

Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

49 respuestas
Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
4 suscriptores
Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
Página
4 / 4
#46

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

En mi opinion hasta que no realices la aceptacion no tienes por que declarar nada al SEPE (Vuelvo a decirte que es mi opinion). El impuesto sociedades no tiene nada que ver con el IRPF y no se refleja en el irpf, en el irpf se reflejara en su momento los rendimientos de los importes o bienes que te adjundiques. Es lo que dice la sentencia no lo que digo yo.... Bueno la sentencia y esta abogada que tiene un blog leetelo atentamente y repito saca tus conclusiones, que es aplicar la logica a lo que uno lee:

 https://www.bmurilloabogada.com/aceptar-una-herencia-cobrando-un-subsidio/ 
#47

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Hola, no sabía que tenía que comunicar la aceptación de la herencia. En junio me adjudique el piso de mi padre no tenis dinero. Cobro la RAI. En enero quería solicitar la ayuda para mayores de 52. En mi casa no entra otro dinero y hasta que no venda debo dinero por los gastos de esa herencia. ¿Tengo que ir a informar al SEPE? ¿ Que me puede pasar? Ayuda por favor. Gracias
#48

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

En tu caso yo iría a hablar al SEPE, es obvio que si te aplican la ley no tienes nada que hacer y el funcionario que te va a entender es un ser humano que tiene sentimientos, sentido común y le comentes el caso para que el incidente no pase a nivel provincial o estatal , en primera instancia la funcionaria será la que comunique o redacte la incidencia . Habla con el funcionario, que no había mala fe , que el dinero recibido es poco.
#49

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

1.-La administracion no se rige por sentimientos si no por normas.
2.-La normativa no entiende de pocos o muchos si no cantidades y limites establecidos, que es lo que aplica.
3.-El desconocimiento no es eximente, maxime cuando en la propia solicitud al final lo que firmas es justo el conocimiento de la norma y el atenerte a ciertos compromisos entre los que se encuentra el comonuicar cualquir ingreso.
Dicho esto, por tanto lo que procede es saber dos cosas que no estan claras 1º. ¿Cuando recibe la herencia? y en segundo lugar si o no con el calculo de la misma supra o no el limite de carencia de rentas. 
En primer lugar segun lo redacta la herencia la recibe con anterioridad al mes de carencia, Ejemplo: si la herencia la recibe en Junio de 2018 y solicita la prestacion en Enero de 2019 no tendria que declarar el importe percibido, si no en todo caso el rendimiento real o presunto de la herencia recibida.
2ºEl subisido se lo podran retirar si supera, aunque sea por 1 € una renta total mensual de 675 € y no se lo podran retirar si percibe menos de esos 675€ .
#50

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

Debes comunicarlo desde el momento de Adjudicación ante notario porque pasa a formar parte de tu patrimonio, aunque no lo disfrutes, 
#51

Re: Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.

La  comunicación , obligatoria, de una herencia ante el SEPE se realiza desde el momento de adjudicación ante notario.
El plazo que tienes para presentarla, lo ignoro !!!!!