Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

IRPF rentas del extranjero

18 respuestas
IRPF rentas del extranjero
1 suscriptores
IRPF rentas del extranjero
Página
1 / 2
#1

IRPF rentas del extranjero

Buenos días,

antes que nada, disculpenme, pero estoy un poco perdida. Mi consulta es la siguiente:

En 2016 mi hija trabajó hasta junio en España, y luego a partir de Octubre trabaja en Francia,  residiendo allí en la actualidad.

Tengo entendido que por haber residido más de 183 días en España, debe presentar la declaración con la renta obtenida en España más la mundial. Existe un convenio de doble imposición con Francia, aplicable al IRPF.

Mi consulta es qué tratamiento dar a las rentas obtenidas en Francia en 2016 (unos 5.000 euros). ¿Son rentas exentas? ¿En ese caso, son rentas con progresividad, en cuyo caso habría que tenerlas en cuenta para determinar el tipo impositivo? ¿En qué casilla se declaran?

Gracias por su atención,

Estela

#2

Re: IRPF rentas del extranjero

Buenos días, así es, deberá presentar la Declaración de la Renta 2016 en España incluyendo todos los rendimientos del trabajo, el importe total bruto percibido en la casilla 001 e incluir los impuestos retenidos en Francia en la casilla 533. En ningún caso son rentas exentas. Te recomiendo leer esta información de la Agencia Tributaria:  RESIDENTES FISCALES EN ESPAÑA CON RENTAS PROCEDENTES DE FRANCIA

Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: IRPF rentas del extranjero

Hola, yo estoy en la misma situación. Pero no tengo claro cómo ponerlo en la declaración. En mi caso estuve en Irlanda trabajando 5 meses en 2016, en una empresa de allí. Entiendo que es el mismo caso que Estelalo por ser Europa.

Tengo el certificado fiscal de allí con el sueldo neto, el bruto, y varios conceptos en tema deducciones. Pero resumiendo, tengo un bruto (pongamos 1000), un neto (pongamos 600) y unas retenciones disgregadas en varios conceptos pero que suman 400.

¿Debería poner en la casilla 1 un nuevo rendimiento con ese bruto de 1000, tal cual y en la casilla 533 poner el neto (600) en la primera casilla ( Rendimiento neto de trabajo obtenido en el extranjero ) y en el mismo 533 en el concepto " Impuesto satisfecho en el extranjero " poner los 400?

Lo que no me cuadra es que en la casilla 1, a mi automáticamente el sueldo que pone de lo que he cobrado en España de una empresa Española en 2016, me sale en neto, con otros dos conceptos más de retención. Y no en bruto, como comentas que debería añadir lo de Irlanda.

 

Muchas gracias!

#4

Re: IRPF REND. neto

BUENAS TARDES, ESTOY REALIZANDO UN CURSO DE ASESORIA FISCAL Y TRIBUTARIA Y EN UNOS DE LAS UNIDADES TENGO ESTE PROBLEMA PERO NO LOGRO RESOLVER EN LA TOTALIDAD ESTE ES EL EJERCICIO:

SI ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR A RESOLVERLO Y A ENTENDERLO MEJOR SE LO AGRADECERIA.

La Sra. I.L. ha percibido, a lo largo del ejercicio, las siguientes rentas:

  • Sueldos desde enero a mayo, a razón de 1.500 €/mes, menos 200 €/mes de seguridad social.
  • Utiliza un vehículo turismo propiedad de la empresa, desde hace 6 años, tanto para la realización de su trabajo como para su uso particular, que tuvo un coste de adquisición para la empresa de 20.000 € (impuestos y tributos incluidos). Se considera que el uso profesional del vehículo supone un 20%.
  • Hasta su jubilación, residía en un bloque de viviendas, propiedad de la empresa, que normalmente venía siendo ocupado por los propios trabajadores de la misma, a los cuales se les cedía gratuitamente la utilización de un piso mientras fuesen trabajadores de la corporación. El valor catastral (no revisado) de la vivienda que venía ocupando asciende a 150.000 €.
  • El 01 de junio alcanzó la edad 65 años, por lo que se jubiló y percibió desde entonces una pensión de 900 €/mes, con dos pagas extras.
  • En mayo, debido a su jubilación, la empresa le gratifica con un premio de 9.000 euros, al igual que lo hace con todos los trabajadores que se jubilan en activo con antigüedad en la empresa superior a 10 años, llevando en ese momento más de 13 años trabajados.
  • El vehículo que venía utilizando, llegada  la fecha de su jubilación se lo regaló la empresa.

1) Determine el rendimiento neto reducido del trabajo:

 

#5

Re: IRPF REND. neto

Quizás podrías exponer tus cálculos, y si vemos fallos te podemos ayudar. Pero pretender que te lo resolvamos, creo que es poco honesto.

La clave está en las normas específicas de valoración de las retribuciones en especie. Como del enunciado no se deduce otra cosa, habría que considerar que los pagos a cuenta le son repercutidos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: IRPF REND. neto

Pensé que había pegado lo que tenia no pensaba que me lo resuelvan, agradezco tu ayuda.

Sueldo                  7500

Seguro Social     - 1000

Pensión                8100

Gratificación         9000

Especie

Vehículo              

Vivienda               6250

Reducciones

R. Gratificación    - 2700

#7

Re: IRPF REND. neto

Pensión 8.100 €?????

Supongo que cuentas los 7 meses y que además, cobra dos pagas extras enteras. ¿Seguro? Es una posible interpretación, literalista, del enunciado. pero sería extraño. Normalmente las pagas extras tienen un momento concreto de pago, y un periodo concreto de devengo.

En el caso de las pensiones de jubilación de la SS, el pago es en junio y diciembre. El devengo es diciembre a mayo, y junio a noviembre.

Yo contaría 900 x 7 + 900 = 7.200 €

Del vehiculo no pones nada.

La norma de valoración por uso dice 20 % del coste para la empresa, por año entero, en el porcentaje de no afectación.

Por lo tanto 20.000 x 20 % x 80 % / 12 meses x 5 meses

Vivienda, la norma de valoración dice 10 % del valor catastral no revisado, pero con el tope del 10 % del total de retribución del trabajo.

Aquí tienes que aplicar la primera ecuación. Sabes la retribución dineraria, sabes una de las retribuciones en especie. Sabes que el total de retribuciones en especie no puede superar el 30 %. Y sabes que la retribución en especie uso de vivienda no puede superar el 10 % del total de retribución.

A + B + C = T

C = 0,10 T

Es un simple sistema con dos incógnitas

Te falta la consideración del obsequio vehiculo de segunda mano, y las reducciones genericas pr rendimientos de trabajo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Re: IRPF REND. neto

Muchas gracias,

sobre la pensión tome lo que queda de junio a dic mas las dos extras, luego del vehículo me dio 1333 euros y cuando envíe el ejercicio me pidieron que lo revisara y de la vivienda lo calcule al 10% y luego /12 x 5 meses.

Saludos 

 

#9

Re: IRPF rentas del extranjero

hola,
soy Francés y me pregunta si es normal o lógico que tengo que pagar en España sobre una pensión percibida en francia en una cuenta bancaria en España un Irpf 1.5 superior a la misma que pagaría en francia en las mismas condiciones?
Muchas Gracias

#10

Re: IRPF rentas del extranjero

Lo primero es saber donde eres residente, si en España o en Francia

Un saludo

#11

Re: IRPF rentas del extranjero

Soy residente en España.

#12

Re: IRPF rentas del extranjero

Pues tributas en España, y esa pensión se recibe aquí. Que te salga menos favorable que en Francia depende de muchos factores, sobretodo de la política fiscal de cada país, y puede haber efectivamente mucha diferencia, Piensa por ejemplo en la diferencia de niveles de vida, lo que allí puede ser una pensión considerada baja que debe tributar poco, en España puede considerarse alta y tributar a un tipo superior. Y muchas otras posibilidades de carácter personal que se tengan en cuenta o no en los dos países, como el nº de hijos a tu cargo. La tributación es muy compleja y las diferencias pueden surgir de muchos sitios.

Un saludo

#13

Re: IRPF rentas del extranjero

Así que auque no Tengo los mismos derechos, tengo los mismos deberes! Yo no creo que es normal de regalar a un païs que no es el mío, 3 meses de mi jubilacion! Eso es un robo.

#14

Re: IRPF rentas del extranjero

Por supuesto que tienes los mismos deberes, si no quieres aceptarlo puedes volver a tu país, no estás regalando nada puesto que al residir aquí estás utilizando los servicios públicos de aquí. Eso no es un argumento muy válido, poco mas que una pataleta. Y se aplica así en cualquier otro país, no es que seamos especialmente xenófobos, puede que por otras razones, pero no por aplicarte los mismos impuestos que a cualquier residente, sea o no nativo del país. ¿Es que no me pasaría igual a mí si me fuera a vivir a Francia?. Pues eso.

Dicho lo anterior, mira a ver si te han hecho bien la declaración, no vaya a ser que te tengas que quejar a otro, porque no creo que por una pensión te estén haciendo pagar tanto como para quejarte así.

Un saludo

#15

Re: IRPF rentas del extranjero

1-"Volver a mi país" Es por empezar una falta de respecto a mi persona.
2-Cree Ud que yo debo contribuir a por (1 ejemplo) a rescatar vuestros bancos?...
3-ahora me toca a escribir eso porque yo soy un hombre Libre porque Jubilado, porque pago por mi salud y la de los demás.
Y por terminar digo que
Sólo un Estado (culquier sea) consigue sus ingresos mediante coacción, amenazando con graves castigos a quienes se nieguen a entregarle su parte. A esta coacción se la llama "impuestos", aunque en épocas de lenguaje menos refinado se la conocía con el expresivo nombre de "tributos". La contribución es, pura y simplemente, un Robo, un Robo a grande y colosal escala, que ni los más grandes y conocidos delincuentes pueden soñar en igualar. Es una apropiación coactiva de las propiedades de los moradores (o súbditos de este pais) del Estado.
sin nada más con todo mi respecto.