Acceder

Deducción por Doble Imposición Interna y Deducción por Reinversión

1 respuesta
Deducción por Doble Imposición Interna y Deducción por Reinversión
Deducción por Doble Imposición Interna y Deducción por Reinversión
#1

Deducción por Doble Imposición Interna y Deducción por Reinversión

Hola, tengo una duda, os agredecería cualquier comentario que pudierais hacer que me ayudara a resolver la cuestión:

La sociedad A está participada por las entidades X e Y (50% cada una). En 2013 la entidad X vende su 50% a la entidad Y produciéndose la siguiente plusvalía:

·         Valor Contable y Valor Fiscal de la participación de A = 1.000.000€

·         Precio de Venta = 1.300.000€

·         Plusvalía de la venta =300.000€

 

La sociedad A tiene en su interior beneficios no distribuidos, 309.000€ que se encuentran en la reserva, por lo tanto, se opta por aplicar la Deducción por doble imposición interna del artículo 30.5 TRLIS (en adelante, DXDII), siendo la base de la DXDII: 

·         309.000/2 = 154.500€

·         30% de 154.500% = 46.350€ de DXDII

 

Además, se aplica una Deducción por Reinversión (en adelante, DXR), siendo la base de la DXR:

·         300.000 – 154.500 = 145.500€

·         12% de 145.500 = 17.460 de DXR

 

En el activo de la sociedad A, al momento de la venta, figura una deuda pendiente de cobro por 800.000€.

 

En 2017, me encuentro en la entidad X un ajuste positivo al precio por 800.000€, debido a que la deuda pendiente de cobro que tenía la sociedad A finalmente se da por perdida (se considera que no va a ser pagada), y por lo tanto la plusvalía que tuve en 2013 desaparece, apareciendo una pérdida de - 500.000€.

 

Mi pregunta es:

Al no haber cobrado la deuda, ¿Hay que cambiar/regularizar la DXDII y la DXR? ¿Hay alguna consulta?

Hay que tener en cuenta que la norma ha cambiado, actualmente en la LIS ya no regula en el 30.5 la deducción por doble imposición interna, se establece ahora en su artículo 21 el método de exención.

Gracias de antemano.

#2

Re: Deducción por Doble Imposición Interna y Deducción por Reinversión

Dado que no encuentro la opción de poder editar mi mensaje anterior, que no era nada claro, reformulo mi pregunta:

Al no haber cobrado la deuda, parece claro que hay que regularizar la DXDII y la DXR, pero, ¿la pérdida en 2017 se considera gasto deducible? 

El Real Decreto-Ley 3/2016, para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2017, en su artículo 3. Segundo, establece la no deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades siempre que se trate de participaciones con derecho a la exención en las rentas positivas obtenidas, tanto en dividendos como en plusvalías generadas en la transmisión de participaciones.

Pero yo entiendo, que esto es una corrección al precio de la venta efectuada en 2013, y ese año este tipo de pérdidas sí que eran deducibles. ¿Qué opináis?