Acceder

Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

64 respuestas
Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital
Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital
Página
1 / 5
#1

Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Buenos días. 
Alguien q haya recibido la carta ya del incentivo al empleo la puede mostrar aquí tapando los datos personales y mostrando solo los datos numéricos, para dilucidar q ha podido pasar también conmigo. Todavía no he recibido la carta y no sé pq en mayo te lo aplican casi en su totalidad y ahora en octubre solo una parte. Gracias.
#2

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Acá tienes dos ejemplos y las cuentas de cada uno:

Caso 1, cálculo incorrecto por parte de la Seguridad Social en revisión de octubre: https://www.rankia.com/foros/economia/temas/6719224-ayuda-actualizacion-imv-2025-ingreso-minimo-vital?page=109#respuesta_7030460

Caso 2, cálculo correcto en la revisión de octubre: https://www.rankia.com/foros/economia/temas/6719224-ayuda-actualizacion-imv-2025-ingreso-minimo-vital?page=111#respuesta_7030703

Hasta que no recibas tu notificación del ajuste realizado, no podrás ver tu caso concreto. El primer lugar donde te llega es DEHú y te recomiendo vayas preparando también tener a mano los IRPF 2024 e IRPF 2023 de todos los miembros de tu unidad de convivencia así como la notificación recibida en octubre 2024 del ajuste que te hicieron (más que nada para comprobar que dichos ingresos que te imputaron coinciden con los de vuestros IRPF 2023) y determinar si tienes o no derecho a incentivo al empleo, que en la notificación nueva lo llaman ahora "importe exento de los ingresos anuales. R.D. 789/2022"
#3

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Esas 2 cartas ya las tenía vistas desde esta mañana jajaja, pero quería cotejar alguna q se pareciera más a la mía. Unidad de convivencia formada por 1 adulto y sin hijos, para ver pq aplican mal lo del incentivo. Pero nada tocará esperar a ver la carta q dice, pq no lo tengo nada claro. De todas formas gracias por responder XD
#4

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Hola alguien me puede decir yo sigo con la misma cuantía lo que en el certificado me sale 1 de octubre y en la carpeta 1/1/2025 y se puede seguir cobrando lo mismo es que no entiendo gracias 
#5

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Sí, perfectamente se puede estar cobrando lo mismo sin cambios, claro que si... por ejemplo, si no hay ingresos que descontar detectados en la revisión de mayo ni en la de ahora ya con vuestros IRPF 2024 no hay cambio alguno en el IMV.
#6

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Pero ni género cobros indebidos , ni atrasos ?? O si
#7

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Claro, ni una cosa ni otra ... si no te ha cambiado en ningún momento de este 2025 tu IMV asignado, ¿qué cobros indebidos o atrasos quieres tener? 😅
#8

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Pues lo digo porque en el 2023 no le cambio  y tuve cobros indebidos por eso lo digo 
#9

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Si tuviste cobros indebidos del 2023, es porque en 2023 te bajó el IMV en la revisión de ingresos realizada en octubre / noviembre de 2023, o bien comunicaste en algún momento de ese año o del anterior (suponiendo cobrases IMV entonces) cambios en tu unidad de convivencia que redujeron tu IMV.

Si has estado ahora este 2025 pagando cobros indebidos de dicho periodo, no significa necesariamente que tu IMV asignado para este año haya variado, sino tan solo que te han ido cogiendo dinero del mismo para pagar dichos cobros indebidos, pero tu IMV asignado (importe bruto) es siempre lo que cuenta.

Si quieres revisar mejor al respecto, asegúrate de tener claro que IMV tienes definido mensualmente para cada mes de este 2025 ahora en carpeta ciudadana https://www.rankia.com/foros/economia/temas/6719224-ayuda-actualizacion-imv-2025-ingreso-minimo-vital?page=29#respuesta_7012035 y sobre todo, de compararlo con el IMV en importe bruto que tenías asignado por cada mes de este 2025 (si no lo tienes claro puedes mirarlo en https://www.tarjetasocialdigital.es/ como le comenté a www.rankia.com/foros/economia/temas/7031161-cobre-menos-imv-ingreso-minimo-vital?page=1#respuesta_7031202 en otro post) y así podrás dilucidar si has sufrido o no cambios... e independientemente de todo eso, espérate a recibir la notificación de la Seguridad Social del ajuste realizado ahora por si tienes alguna duda al respecto.
#10

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Muchísimas gracias 
#11

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

o ello, sin perjuicio de la regularización o revisión, en su caso, de las
cantidades que le hubieran sido abonadas durante el año 2025.
Asimismo, debe usted tener en cuenta que el Real Decreto 789/2022, de 27 de septiembre, creó y reguló un sistema de
compatibilidad de la prestación del IMV con las percepciones provenientes de su trabajo o bien, sustitutivas del mismo. Dado
que usted o alguno de los integrantes de su unidad de convivencia han incrementado sus rentas del trabajo o
actividades económicas respecto a/de las del año anterior, le ha sido aplicado este mecanismo de compatibilidad; de
modo que el importe vinculado al trabajo que ha sido incrementado y, se encuentra por debajo del 60% de la renta
garantizada de su hogar, así como, un porcentaje del incremento restante, no se ha computado como ingreso para el cálculo
del ingreso mínimo vital.
Si no está conforme con esta resolución, puede dirigir a la Dirección Provincial de su domicilio una reclamación previa a la
vía jurisdiccional social en el plazo de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de recibir esta notificación, de
acuerdo con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Para presentar la
reclamación debe hacerlo preferentemente a través de nuestra página web de la seguridad social en la siguiente dirección: 
https://run.gob.es/trdRPrev, indicando IMV, en el apartado “Prestación que se reclama”.
Importe anual total de la prestación 5.901,52 €
Importe mensual total de la prestación 491,79 €
Renta anual garantizada 7.905,72 €
Ingresos anuales del ejercicio 2024 3.761,47 €
Importe exento de los Ingresos anuales. Real Decreto 789/2022 1.757,27 €
Aplicación límite por concurrencia con pensión/es y/o subsidio desempleo 
mayor 52 años
NO
Fecha de efectos económicos del control de vulnerabilidad económica 01/01/2025
Cuenta corriente de pago 0182-5319-71-0203******
Composición de la unidad de convivencia 1 adulto
Tipo de unidad de convivencia No monoparental
Aplicación del Grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 % 
para el titular o algún miembro de la UC.
NO
#12

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

No entiendo para nada esta notificación, sólo he cobrado en el 2024 el ingreso mínimo vital, porqué me lo imputan como ingreso debería estar exento 
#13

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Hay datos sensibles edítalos por ejemplo el número de la cuenta bancaria 
#14

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Hola ritekg5 te voy a Acer una pregunta el imv no se puede embargar 
#15

Re: Carta Incentivo al empleo (aplicado en la revisión de mayo, y en la revisión de octubre NO) - Ingreso mínimo vital

Se me ha colado, pero no está integra . Gracias