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Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

312 respuestas
Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital
Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital
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#316

Re: Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

Y ya no hay manera de resolver eso no ? No sabía que había que quitarlo o si se podía
#317

Re: Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

Claro que se puede quitar.
Yo estudié Derecho y tengo 14 años de experiencia en hacer declaraciones y presentación de impuestos y demás 
#318

Re: Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

Ahora la solución sería hacer una declaración rectificativa e ir con la misma al INSS a ver si se puede solucionar
#319

Re: Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes de nuevo, acabo de salir de la seguridad Social y me comentan que por estar empadronado en otro domicilio, soy divorciado ,mi vivienda , donde vive mi exmujer, me computa como patrimonio. La verdad, no me lo puedo creer...
#320

Re: Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

Y como podría hacerla rectificada ? Ayer llamé al número que hay para información y me dijeron que la Rai por violencia se cuentan como ingresos . Aunque Ami me aseguraron que no . Y también me lo dijo usted . 
#321

Re: Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

Correcto, así es.
#322

Re: Devolver cantidades del IMV - Ingreso mínimo vital

La RAI por VG no debe declararse en el IRPF, es algo que se ha comentado infinitas veces en el foro... tan solo deben declararse como ingresos aquellas rentas e ingresos exentos que en su conjunto superen 1'5 veces el IPREM (que actualmente son 12600€) y solo el exceso de los mismos se declara (o sea, los primeros 12600€ no cuentan), y si fuera el caso de que superáis dicha cifra la forma más normal de evitarlo es diluir dichas rentas exentas obtenidas entre todos los miembros de vuestra unidad familiar, evitando realizar IRPF conjunta y haciendo IRPF individual de cada uno.

Si cometiste el error puedes solucionarlo realizando un IRPF rectificativo de dicho ejercicio en Hacienda y posteriormente reclamando a la Seguridad Social, adjuntando dicha declaración rectificativa, pero ya te aviso que la Seguridad Social se toma su tiempo en revisarlo.