La Seguridad Social como tal no revisa nada de temas económicos, ellos solicitan información fiscal a Hacienda sobre los DNI's de cada una de las personas de tu unidad de convivencia y determinan que ingresos y patrimonio (saldo bancario a 31 diciembre o saldo medio del 4T, así como inmuebles en los que tengamos alguna titularidad) tiene cada uno y devuelve la información a la Seguridad Social, que ya hace sus procesos con esa información financiera y fiscal para determinar si tienes o no derecho a IMV y en qué cantidad.
Y aunque de momento "esa transferencia bancaria" no vaya a aparecer como tal en las cuentas y cifras que reciba la Seguridad Social (porque a ese nivel de control, de momento ellos no llegan), si que puede plantear preguntas por parte de Hacienda si se pusieran quisquillosos (que no digo que vaya a ocurrirte, ojo) pero vamos, que en todo caso eso ya se verá con el tiempo y si os buscan las cosquillas ya se verían soluciones (por ejemplo, Hacienda lo podría considerar una donación encubierta no declarada y más con el texto "reparto herencia" que pusisteis... hubiera sido mejor no poner nada de concepto, pero bueno)