#31
Re: ¿Nuda propiedad cuenta como patrimonio para el IMV? - Ingreso mínimo vital
Yo no he dicho que vendas la nuda propiedad, he dicho que para Hacienda al poder venderla porque eres titular ya es un patrimonio.
CÓDIGO AMIGO
te dicen a la cara que si necesitas dinero que vendas la casa con tu padre dentro
En definitiva, en el presente caso, nos encontramos ante una simple aceptación de herencia, no equiparable a una aceptación con real y cierto incremento patrimonial. Y además, como señala la sentencia de instancia acorde con la jurisprudencia actual de esta Sala IV/TS, el valor del inmueble no puede considerarse un incremento patrimonial, en tanto que a los efectos que ahora interesan, lo sería el rendimiento del inmueble, lo cual no puede suceder atendiendo a que el padre del demandante ostenta en usufructo el 100% de los bienes de la causante; y en todo caso, el rendimiento sería ínfimo atendiendo a la participación del demandante en la nuda propiedad.
Así lo dispone el Tribunal Supremo, en su sentencia de 7 de julio de 2023, de la que fue ponente la Magistrada Dña. Rosa María Virolés, al disponer: "el valor del inmueble no puede considerarse un incremento patrimonial,
Nuda propiedad | El valor de la nuda propiedad se computará por la diferencia entre el valor del usufructo y el valor total de los bienes.