No, y te lo explico con un ejemplo:
>>Ella cobra 100 cada mes en enero, febrero, marzo y abril.
>>En mayo le suben +20 y cobra 120 cada mes mayo, junio, julio y agosto.
>>En septiembre le revisan ya con el IRPF y le dejan 100 de nuevo, con efectos retroactivos de enero 2025... sus ATRASOS serían 0 / 0 / 0 / 0 / -20 / -20 / -20 / -20 es decir, no tendria atrasos sino deuda por cobros indebidos de los +20 euros percibidos en mayo, junio, julio y agosto ¿comprendes? por eso es importante lo de la retroacticidad de los efectos economicos y los certificados actuales siempre pone la fecha del dia que lo sacas, para que cuando se haga la revisión buena veamos que aparecerá la fecha de efectos economicos del primer mes de este años que se precibió IMV.
A ver, que en el fondo no es tan complicado de entender... la revisión actual NO genera efectos económicos retroactivos, cosa que sí hará la que se realice en septiembre u octubre, y como esa será la definitiva, válida y última, pues chimpún bocadillo de atún.