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Depósitos o Fondos MONETARIOS

1,56K respuestas
Depósitos o Fondos MONETARIOS
Depósitos o Fondos MONETARIOS

CÓDIGO AMIGO

La Cuenta Bienvenida de Raisin da un 3,33 % TAE durante 3 meses, sin comisiones ni restricciones.

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#1681

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Ten en cuenta que aunque los monetarios den menos rendimiento que las cuentas "top", al no pagar a Hacienda mientras no vendes las participaciones ese dinero también te renta mientras que en una cuenta remunerada cada vez que cobras hacienda se lleva su parte. Entiendo que es una cantidad pequeña y se tarda tiempo en que ese porcentaje sea significativo, pero ahí está.

Tabla de promos nómina: https://acortar.link/yT0vFG

#1682

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Cuidado que hay alguna comercializadora de fondos, en concreto Self Bank, que cobra por testamentaria 199 euros más IVA. Y no me queda claro si es por fondo o cómo es. Os copio el texto de las tarifas de Self Bank:

Cambio de titularidad de activos financieros en cuentas con instrumentos financieros (por ejemplo testamentarías, donaciones, separaciones conyugales, escisiones o fusiones entre personas jurídicas) 199 € +IVA 

Lo podéis leer en este enlace haciendo clic en "Comunes a todas las cuentas": https://www.selfbank.es/tarifas-y-condiciones-economicas 

Cambiando de tema, los fondos monetarios tienen otra ventaja fiscal que creo que no se ha comentado. Si necesitas una cantidad de dinero determinada y realizas el reembolso correspondiente, solo tributas por la rentabilidad generada por las participaciones reembolsadas, a diferencia de lo que pasa con cuentas remuneradas o depósitos. Un ejemplo: tienes 50.000 euros en un fondo monetario y necesitas 10.000 euros. Reembolsas y pagarás IRPF por la rentabilidad generada por la parte reembolsada, que es una quinta parte del total (10K son la quinta parte de 50K). Si tienes los 50.000 euros en una cuenta remunerada o depósito, tributas siempre por la rentabilidad generada por el total de los 50K. No sé si me he explicado (en el ejemplo que he puesto, con un fondo monetario tributas, con matices y simplificando, una quinta parte que si ese dinero estuviera en una cuenta o depósitos... pongo énfasis en lo de "con matices y simplificando").
#1683

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Ufff eso ya depende de la cara dura del banco y dudo de la legalidad de que te cobren por cambiar de titularidad por fallecimiento. Otra cosa sería que se encarguen ellos de toda la gestión de la herencia.
Sobre esa ventaja de los fondos, si el dinero lo tienes en cuenta remunerada, puedes sacar la cantidad que necesites, no hace falta el total.
Orientativamente, Ibercaja, Caixabank,  BBVA... que no son hermanitas de la caridad, no cobran por cambio de titularidad por fallecimiento. 
Con los fondos lo que haces es aplazar el pago de irpf, pero lo vas acumulando y cuando lo sacas al cabo de años puede tocar pagar más y de golpe. El 19% es hasta 6000€ de beneficio. A partir de ahí hay tramos y toca pagar más. 
#1684

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Me intento explicar otra vez aunque me explico mal. En una cuenta remunerada, pagas IRPF por los beneficios generados por todo el dinero que tengas, da igual que nunca lo necesites o que llegado un momento solo necesites una quinta parte de ese dinero. En un fondo monetario, si un día, por la razón que sea, necesitas la quinta parte del dinero que tienes en el fondo, reembolsas y pagas IRPF solo por la rentabilidad generada por esa quinta parte del dinero (que es lo que has reembolsado porque es la única parte de ese dinero que necesitas). El resto, el 80% del dinero que no necesitas y por tanto no sacas del fondo, sigue arrastrando sus rentabilidades sin que tú hayas tributado por ellas. Solo tributas por lo que necesitas y por tanto reembolsas, no por el total. Es una ventaja fiscal de los fondos monetarios difícil de explicar y probablemente tampoco he conseguido explicarla bien ahora.
#1685

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Sí, sí te explicas.
Si no lo necesitas nunca y lo heredan tus hijos, nadie paga irpf por el beneficio, aunque no te beneficies tú directamente.
Pero, si lo necesitas tras varios años y has obtenido más de 6.000€ de beneficio pagarás más y de golpe.
El 19% se paga hasta 6.000€, luego 21, 23, 27, 30% según tramos.
#1686

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

No. Lo que digo es que, si tienes el dinero para algún imprevisto (que no sabes si vas a tener algún gasto imprevisto), cuando un día te surge un gasto imprevisto (por ejemplo de 1.000 euros), reembolsas esos 1.000 euros del fondo monetario y solo tributas por los beneficios generados por esos 1.000 euros. Si tienes el dinero para imprevistos en una cuenta remunerada (supón que tienes 10.000 euros para imprevistos en una cuenta remunerada), estás pagando IRPF por la rentabilidad generada por el total de esos 10.000 euros, aunque nunca tengas ningún imprevisto o, cuando un día tengas un gasto imprevisto, ese gasto imprevisto sea solo la décima parte del dinero que tienes guardado para imprevistos. En una cuenta remunerada tributas por, digamos, el 3% que te den los 10.000 euros anuales, aunque nunca los necesites o solo necesites 1.000 un día por un imprevisto. En un fondo monetario que te haya dado (digamos también que un 3% por mantenerlo en el plano teórico), cuando tienes un gasto imprevisto de 1.000 euros, reembolsas y tributas por la rentabilidad que te hayan generado esos 1.000 euros, que son la décima parte del total. Los otros 9.000 euros que no has necesitado siguen arrastrando sus rentabilidades y no tributas por ellas si no te surge un imprevisto que te obligue a reembolsar el total.
#1687

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

En relación con la "plusvalía del muerto". ¿Cómo deben actuar los herederos para no perder esa ventaja? 
#1688

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

@pedriribar 
Tengo una cartera de fondos con ellos, y sí, recuerdo de leerlo en alguna parte cuando les solicite el certificado de posición a fecha de fallecimiento. 
En breve supongo que ya dispondré de la documentación pertinente para que procedan a regularizar el cambio de titularidad.
Espero que la tarifa se refiera a comisión máxima, porque si cobran eso será un abuso en toda regla, porque al fin y al cabo solo se trata de una pequeña cartera con poco dinero.


#1689

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

En principio de esa parte del capital que se transfiere (o cambia de titularidad) es la entidad gestora la que por normativa en el historial de movimientos tiene que poner el contador fiscal 'a cero' en fecha de la defunción. Ha de ser así tanto si hay plusvalía como minusvalía.
#1690

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Con Selfbank no he tenido tratos, pero ya te digo que ibercaja, caixabank y bbva no cobraron nada y dudo que sea legal cobrar por cambio de titularidad por causa de fallecimiento, por más que lo tengan en sus condiciones. 
#1691

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Todo depende de la diferencia de rentabilidad. Ahora mismo, con los tipos del BCE al 2,5% y los depósitos a 12 meses al 3%, habría que vivir varias vidas para que el fondo superase al depósito.... Ese medio punto supone un extra de rentabilidad de un 20% adicional en favor del depósito, es insalvable para el interés compuesto por muchos años que pasen.

Los fondos monetarios son cómodos porque no hay que andar buscando rentabilidades cada x meses porque ha vencido un depósito y porque no pagan impuestos hasta su venta pero, los depósitos suelen encontrarse un poco por encima de los tipos fijados y, estando los tipos bajos, una diferencia de 0,5% es una barbaridad... Otra cosa es que los tipos estuviesen al 20% y los depósitos al 21% ahí, se equilibra bastante la balanza pero, espero por nuestro bien que los tipos no lleguen nunca a esas cifras porque eso solo podría significar una inflacción brutal.

Saludos
#1692

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Le he pedido a Gemini que me haga una pequeña calculadora para ilustrar lo que digo y no lo ha hecho mal. Dejo el enlace por si os interesa:

https://share.gemini.google/hkhgN5Otxrin

Saludos
#1693

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Mira, acabo de preguntar a la IA y la respuesta es que la entidad solo debe cobrar si efectua un servicio prestado de asesoramiento legal activo por testamentaria (que evidentemente no sería el caso).
Que el mero hecho de solo revisar una documentación de una herencia para el cambio de titularidad, según el BdE es una diligencia que ha de prestar la entidad como tal para adjudicar los bienes a los herederos legales, no es un servicio prestado.

Ya veremos
#1695

Re: Depósitos o Fondos MONETARIOS

Un poco lioso, tendré que leerlo con mas detenimiento, no me queda del todo claro el relato que la CNMV expone sobre las comisiones.

Gracias por el aporte


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