Los intereses de los depos se dividen por los meses del mismo. Si no superas junto a otras rentas el limite mensual no hay que comunicar nada en el DAR. @triton1968 Quiero decir, que si recibes un ingreso un mes de 2000 eur y pertenece a la liquidación de un depo a 24 meses, cada mes anterior a esa liquidación tendrás de rentas 83 eur, y si ese mismo mes tienes otra liquidación de 1000 eur de un depo a 3 meses tendrías rentas de 333 eur , osea cada mes 333+83 y si no hay más rentas no se supera el tope, aunque ese mes hayas ingresado 2000+1000. No se si me explico bien. Y aparte que si estás casado en gananciales los intereses los divides entre 2.
Yo de este tema, poca idea. Pero si lo que necesitas es limitar los ingresos por intereses, quizás te va a tocar pasar (al menos, en parte): - de cuentas remuneradas y depósitos, - hacia productos de inversión (de los que puedas ir sacando beneficios cuando tú quieras).
Notando que tampoco estoy nada puesto en temas de inversión. Pero es lo que se me ha pasado por la cabeza, al leer tu post.
Notando también que con los productos de inversión siempre hay algo de riesgo.