Más allá de intentar explicar el funcionamiento de este tipo de entidades, y de dar fundamentos para confiar en mayor o menor medida en los mecanismos de protección frente a posibles quiebras de los diferentes implicados, creo que has introducido
otra variable que, hasta el momento, no habíamos comentado por aquí, y que en realidad me parece bastante relevante:
En
este post, has indicado, en referencia a una posible orden de retirada de dinero realizada mediante una simple trasferencia de salida, y para la que sea preciso sacar dinero de la parte "guardada" en fondos:
"
2) Si el fondo pierde, tu pierdes. Pues no nos vamos a engañar, la respuesta SI."
Si esto es así (¿lo es?), el problema es que entonces estamos hablando de un
producto totalmente diferente a una simple cuenta remunerada. Se trataría de un producto mixto entre cuenta remunerada, y fondo de inversión (o monetario), en el que se tendría riesgo de pérdida del importe principal, y para el que importarían los tiempos y plazos en que se quiere mover el dinero.
Por otro lado, agradeciendo la información que has transmitido, y animándote a seguir participando en el foro:
Al respecto de comentarios previos sobre tu posible o no pertenencia a la Entidad, ya dependerá de cada uno el grado de confianza que se le da a la información que leemos en foros de este tipo. Por eso, en un comentario mío previo, mencioné que, idealmente, las aclaraciones deberían provenir de algún ente reconocible, imparcial (en la medida de lo posible), y con la debida credibilidad como para considerarlo información oficial (por ejemplo, el BdE).
Por lo demás, y sólo si al final provienes del Banco (yo, la verdad, no lo creo), a modo de chascarrillo, siempre puedes decir que eres Brad Pitt.