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Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
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Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
En Big, normalmente suelen llamar a los clientes cuando falta poco para el vencimiento de un deposito, sobre toto si tienes contratado un deposito de bienvenida para nuevos clientes. También suelen llamar para conocer el tipo de perfil de inversor, e intentar venderte sus productos.
El mayor volumen de negocio de Big es su banca de inversión, los depósitos son algo secundario y que a la vez le sirve al banco para captar clientes, es por eso que tienen siempre un depósito de bienvenida para nuevos clientes. Si un porcentaje de esos nuevos clientes se queda e invierte en sus productos, ese es el negocio.
El mayor volumen de negocio de Big es su banca de inversión, los depósitos son algo secundario y que a la vez le sirve al banco para captar clientes, es por eso que tienen siempre un depósito de bienvenida para nuevos clientes. Si un porcentaje de esos nuevos clientes se queda e invierte en sus productos, ese es el negocio.
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Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
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Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
yo vacié la cuenta ayer, ellos sabrán :)
desde luego 6 meses al 4.3 era muy atractivo, y en aquel entonces todavía había cierta esperanza a contratar otro depo después.
ahora 3 meses al 4%, debería atraer a menos gente que antes, sobre todo viendo el salto con los depos que hay después de ese, para 3 meses la gente no creo que se lance a "probar" el banco.
Vamos que pierde bastante atractivo big
desde luego 6 meses al 4.3 era muy atractivo, y en aquel entonces todavía había cierta esperanza a contratar otro depo después.
ahora 3 meses al 4%, debería atraer a menos gente que antes, sobre todo viendo el salto con los depos que hay después de ese, para 3 meses la gente no creo que se lance a "probar" el banco.
Vamos que pierde bastante atractivo big
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Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
#10672
Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
A mi me vence en octubre y estoy pensando en N26 o trade republic que con el 4% y 3.75% respectivamente,cuenta remunerada es muy tentador.
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Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
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Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
#10675
Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
#10676
Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
Es cierto...lo acabo de ver y ademas he leido un articulo que es dudoso que este cubierto por el FGD al no tratarse de un banco en si,aunque tenga licencia por la tarjeta de debito,pero en el fondo no deja de ser un broker,asi que completamente descartado.yo es que soy nuevo en todo esto y me queda mucho que aprender.
#10677
Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
yo tengo los dos, trade y los noruegos, pero si tuviera que elegir solo uno, los noruegos, lo unico que aporta trade, ademas de una alternativa si te pasas de los 100k en noruega, es que pagan al mes.
por cierto, para el 720 es pasarte de 50k a 31 de diciembre o saldo medio del ultimo trimestre, sino estas exento ( lo que si te toca es rellenar la casilla 27 de la renta con los intereses brutos)
por cierto, para el 720 es pasarte de 50k a 31 de diciembre o saldo medio del ultimo trimestre, sino estas exento ( lo que si te toca es rellenar la casilla 27 de la renta con los intereses brutos)
#10678
Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
#10679
Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
#10680
Re: Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
En los bancos con IBAN español, el dinero depositado está en España, aplican una retención fiscal del 19%, y cuando haces la declaración de la renta, todo ello ya te aparecerá reflejado en la información fiscal y en el borrador.
Los bancos que no tienen IBAN español, el dinero depositado está en el extranjero, no aplican la retención fiscal española y cuando haces la declaración de la renta los datos no aparecen ni en la información fiscal, ni en el borrador, y hay que introducirlos manualmente en la casilla 27.
En estos bancos estas obligado a informar por primera vez a través del modelo 720 del dinero que tengas en todas cuentas y depósitos en el extranjero, que estén vigentes a 31 de diciembre, si se cumplen alguno de los siguientes casos:
- Si el saldo a 31 de diciembre es superior a 50.000€.
- Si el saldo medio del último trimestre es superior a 50.000€.