Sobre el Deber legal de Informar a los Accionistas antes de los Derrumbes Bursátiles.
Apreciados compañeros del foro Rankia
En esta ocasión, hecho minutos al carro, para hablar un poco de lo que considero la infracción del Derecho Constitucional y legal a recibir información veraz en todos los casos en que se generen situaciones de riesgo para la seguridad de los accionistas, consumidores y usuarios en este f. país.
En este contexto, el artículo 35 bis, apartado 1, de la Ley del Mercado de Valores, dice abiertamente que "los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial, harán público y difundirán todo cambio en los derechos inherentes a dichos valores.
Del mismo modo, el artículo 17.1 de la Ley del Mercado de Valores dice que "los Poderes Públicos se asegurarán de que los ciudadanos cuenten con toda la información precisa para el ejercicio informado de sus derechos, velando por que se les preste toda la información comprensible que sea necesaria para el adecuado uso de los servicios puestos a su disposición en el mercado."
Aspectos que se engarzan con el cierre del artículo 20.1, d, de la Constitución, en palabras del cual "todos tienen derecho a recibir información veraz por cualquier medio de difusión" (máxime en los supuestos legales en los que esta información sea precisa para evitar riesgos a la seguridad de las personas o incluso a la seguridad del patrimonio de las personas -artículo 8,a, Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios)
Sin embargo, no recuerdo demasiados supuestos prácticos en los que nuestro f, País ni las Empresas con acciones cotizando en Bolsa, hayan informado a los pequeños accionistas del riesgo real y verdadero de que en un momento dado, sus acciones puedan empezar a bajar; ni han informado en demasiados casos de que hay razones para creer que la Sociedad podría quebrar, y que se recomienda sacar la pasta de sus acciones; ni nada por el estilo... (lo que pasa también por otros sitios que mejor no se nombran)
Estos aspectos, creo que son razón legal más que suficiente para responsabilizar a los poderes o a las empresas que no informan de los momentos en los que deberíamos sacar la pasta de sus acciones, ni/o de los momentos en los que suceden cosas que podrían llevar el valor de sus acciones al quinto parque construido a base de cesiones gratuitas de suelo que le sale de los oscuros patios a quienes todos sabemos, de modo que los Euros que perdemos vendiendo atemorizados nuestras dos o tres acciones, por la tan ventajosa y provechosa realización del riesgo de la mano de quienes dice la ley del mercado de valores que deben proteger a los accionistas para que no se hagan víctimas de los posibles daños para el valor de sus acciones, que se deriven de las circunstancias de su empresa o de las circunstancias del país, deberían sernos devueltos por un Fondo de Garantía de Pequeños Inversores a organizar y crear en este f. País, y/o incluso por las propias cotizadas.
Con todo, el que opine que diez meses antes de que un Poder o una Empresa crea que hay riesgos de que el valor de las acciones pueda irse a tomar viento fresco, debe informar a la ciudadanía, según las máximas del artículo 35 bis, apartado 1, de la Ley del Mercado de Valores, QUE LEVANTE LA MANO.
El que esté de acuerdo con que todo siga como está, que le vaya a pedir trabajo a patatero, a magnar, o a los pitufines, matrimonios de conveniencia, u orangutanes que los sin-sueño estos tienen en la calle y oficinas poco menos que maltratando, atemorizando, y cohesionando situaciones de aislamiento y desaliento en cientos de miles de personas en este país.
Saludos y que las Garantías Legales de los Derechos Humanos y Económicos de los más Pobres y Desvalidos se realicen sin hacer daño a débiles.
Saludos