Vale perdona te entendí mal, pensé que era un bróker con sede en Bahamas que decías no te retenía los impuestos del dividendo u otros impuestos.
Las empresas que tengan sede en las Bahamas tributan allí en Bahamas, si una empresa es de allí y allí no descuentan nada por el cobro dividendos pues nada no pasa nada, pero aquí si pagas por esos dividendos... aquí pagarás entorno al 19% por el dividendo cobrado allí.
Que la comparas con una americana que si tienes el formulario americano rellenado de no residente y te retienen el 15%, en este caso es NEUTRO, tampoco pagas dividendos en EEUU, por que en España cuando pagues alrededor del 19% por ese dividendo te descuentan el 15% ya pagado en EEUU por doble imposición internacional, por lo que el resultado es NEUTRO, te da igual que la empresa este en EEUU o en las Bahamas por que el dividendo pagado al final será el que pagues en España el 19% salvo que en el caso de las Bahamas lo pagas INTEGRO en España ese 19%, y en el caso de EEUU aunque pagas en principio los dos, el primer 15% retenido en EEUU se desgrava en España por doble imposición internacional, es decir solo pagas el impuesto en España ya que el otro 15% se te desgrava te lo devuelven en España y solo pagas impuestos en España, al igual que si fuera una empresa de las Bahamas.
Sino tienes rellenado el formulario de no residente en EEUU te retienen en origen el 30% en vez del 15%.... lo normal es tener rellenado el formulario sino pierdes el 15% pagado demás.
Y si es en otro país te pueden retener mas, hasta el 25% e incluso mas, y solo puedes desgravar en España el 15% del dividendo pagado en el extranjero, a parte de pagar impuestos en España que esos SIEMPRE LOS PAGARAS.
En ningún país te tendrían que retener mas del 15% ya que no eres residente en el país de procedencia del dividendo si no es empresas españolas, pero en el caso de EEUU existen convenios y si has rellenado el formulario no te retienen mas del 15%, pero en otros países europeos incluso, que es mas ilógico si que te pueden retener mas del 15% hasta el 25% y pierdes el exceso salvo que hagas tu los tramites para exigir la devolución a la hacienda del país que sea la empresa, un lio vamos, y lo tienes que hacer cada año, algo increíble que entre países europeos no exista una comunicación y se haga de forma automática como en el caso de EEUU.
Saludos.
No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.