De cara a Hacienda, siempre vendes las primeras acciones que has comprado, sea al precio que sea. y se declaran beneficios o pérdidas respecto a éstas acciones, existiendo una salvedad... sólo puedes declarar pérdidas si en el plazo de 2 meses no vuelves a comprar ésta misma acción...
Nada de prorrateos ni coste medio de acciones, ni dada parecido. Te pongo un ejemplo:
dia 2 de enero de 2010, compra de 100 acciones de Telefçonica a 15 euros, más 12 de comisiones (coste 1512 euros)
Día 2 de Febrero de 2010 Compra de 50 acciones de TEF a 15.50 euros + 7 euros comisiones, Coste 782 euros
Día 5 de Marzo de 2010 , compra de 100 acciones de TEF a 14 euros + 12 comisiones, (coste 1412 euros)
Dia 5 mayo de 2010 Venta de 125 acciones de TEF a: Pongamos 2 casos¨
- Las vendes a 16 euros: Para Hacienda , estás vendiendo, las 100 compradas a 15 euros + 25 de las compradas a 15.50. Por tanto en éste caso:
Importe venta: 125 x 16 =2000 euros menos los 13 de comisión = 1987 euros
Coste de las acciones vendidas = las primeras 100 (1.512 euros) + 25 de las de 15.50 ( 782/2=391 euros)
Por tanto, de cara a Hacienda los resultados son: 1978 importe venta menos 1903 = 75 euros de ganancia (incremento patrimonio).
Te quedarían en cartera,: 25 de las de 15.50 + 100 de 14 euros (más gastos)
Caso 2 : Vendes 125 accones a 14 euros:, lo mismo, estás vendiendo las mismas 125 accionmes compradas en primer lugar, por tanto:
Importe venta= 125 x 14 = 1750 euros+ 13 comisiones= 1737euros. Te costaron los mismos 1903 euros. Por tanto declaran una minusvalía de 166 euros y te siguen quedando en cartera las mismas que he mencionado antes (25 de 15.50 y 100 de 14 euros). Lo único es que no podrás aplicarte éstas pérdidas si vuelves a comprar la misma acción en el plazo de 2 meses .
Ahora veo el post de Fletán... que no necesita tanto rollo para comentar lo mismo... jajaja
Espero haberte aclarado algo...