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Dudas declaración de la renta
Hola compañeros!!
Llevo años teniendo algunas dudas de cómo hacer mi declaración de la renta y me gustaría que algún rankiano con experiencia bursátil me pudiera ayudar. He buscado bastante por Internet y nunca he encontrado información clara acerca de ellas:
1. Venta al descubierto: Aquí me refiero a cuando tomas acciones prestadas de tu broker con una cuenta de margen, y luego las recompras cuanto han bajado para devolvérselas. La forma más básica de ponerte corto.
Aquí un vez probé de meterlo en el programa ese Mi Cartera creo que se llama. Sin embargo, el problema es que la fecha de la adquisición es posterior a la fecha de la venta, y el programa no lo entendía y salía un mensaje de error.
Mi conclusión fue que se deberían poner en otras ganancias patrimoniales, pero mi duda surge de que hay un montón de conceptos. Aquí me gustaría saber:
a) Qué casilla es exactamente, porque no estoy seguro. ¿Estoy en lo correcto con lo de Otros? ¿Cuál de ellas?
b) Si se deben separar por ISIN como nos pide el programa para posiciones largas, o puedo agruparlas y poner por ejemplo "Ventas al descubierto - Interactive Brokers".
2. Trading con Opciones: La duda es parecida a la anterior, pero tiene matices. Primero me gustaría que me dijerais exactamente en qué casilla de Otras variaciones patrimoniales iría. La segunda duda es con las ejecuciones. Si vendo calls o puts y me ejecutan, o si ejecuto yo cuando compro, el precio de ejercicio será diferente al precio "real" de la cotización de la acción en el momento de ejercico. Supongamos que compro una call de NVIDIA a 200 y que la ejecuto a vencimiento cuando está a 240 la cotización real. Yo como lo gestionaría a nivel fiscal es:
a) Sumo al precio de adquisición lo que me costó comprar las calls.
b) Precio de adquisión 200 y en otras pérdidas patrimoniales pongo el coste de la call.
¿Cuál es la alternativa más correcta, siendo puristas?
3. Preocupación por los montantes: Cuando haces muchas operaciones, si vas sumando el precio de adquisición y de venta de todas las operaciones, da números que parece que tengas un patrimonio que ni Bill Gates. Me da miedo que eso pudiera darme problemas. ¿Se podría llegar a declarar precio de venta X coste de adquisición 0, si X es igual al precio de venta menos el precio de adquisición? Tengo dudas también porque en el formulario te hacen poner el ISIN.
4. Documentación a guardar: Me da un poco de miedo el tema de que me toque inspección y encontrarme con un cazurro. Que le explique qué es una venta al descubierto o un call y que el tío ponga cara de WTF y piense que le estoy tomando el pelo. Se de alguno que trabaja en Hacienda y su nivel cultural para estos temas me preocupa. He llegado a preguntar a asesores fiscales este tipo de dudas, gente que cobra pasta para asesorar a la gente, y no tenían ni p*** idea de muchas cosas. Me da la sensación de que en USA esto es el pan de cada día pero que en España vivimos en el paleolítico de las finanzas. Para protegerme de ello solo se me ocurre aportar pruebas, cuantas más mejor, así que intento guardas un registro documental muy exhaustivo de todo lo que opero. ¿Hasta que punto registráis documentos por si en el futuro os viene una inspección?
Muchas gracias de antemano!
Llevo años teniendo algunas dudas de cómo hacer mi declaración de la renta y me gustaría que algún rankiano con experiencia bursátil me pudiera ayudar. He buscado bastante por Internet y nunca he encontrado información clara acerca de ellas:
1. Venta al descubierto: Aquí me refiero a cuando tomas acciones prestadas de tu broker con una cuenta de margen, y luego las recompras cuanto han bajado para devolvérselas. La forma más básica de ponerte corto.
Aquí un vez probé de meterlo en el programa ese Mi Cartera creo que se llama. Sin embargo, el problema es que la fecha de la adquisición es posterior a la fecha de la venta, y el programa no lo entendía y salía un mensaje de error.
Mi conclusión fue que se deberían poner en otras ganancias patrimoniales, pero mi duda surge de que hay un montón de conceptos. Aquí me gustaría saber:
a) Qué casilla es exactamente, porque no estoy seguro. ¿Estoy en lo correcto con lo de Otros? ¿Cuál de ellas?
b) Si se deben separar por ISIN como nos pide el programa para posiciones largas, o puedo agruparlas y poner por ejemplo "Ventas al descubierto - Interactive Brokers".
2. Trading con Opciones: La duda es parecida a la anterior, pero tiene matices. Primero me gustaría que me dijerais exactamente en qué casilla de Otras variaciones patrimoniales iría. La segunda duda es con las ejecuciones. Si vendo calls o puts y me ejecutan, o si ejecuto yo cuando compro, el precio de ejercicio será diferente al precio "real" de la cotización de la acción en el momento de ejercico. Supongamos que compro una call de NVIDIA a 200 y que la ejecuto a vencimiento cuando está a 240 la cotización real. Yo como lo gestionaría a nivel fiscal es:
a) Sumo al precio de adquisición lo que me costó comprar las calls.
b) Precio de adquisión 200 y en otras pérdidas patrimoniales pongo el coste de la call.
¿Cuál es la alternativa más correcta, siendo puristas?
3. Preocupación por los montantes: Cuando haces muchas operaciones, si vas sumando el precio de adquisición y de venta de todas las operaciones, da números que parece que tengas un patrimonio que ni Bill Gates. Me da miedo que eso pudiera darme problemas. ¿Se podría llegar a declarar precio de venta X coste de adquisición 0, si X es igual al precio de venta menos el precio de adquisición? Tengo dudas también porque en el formulario te hacen poner el ISIN.
4. Documentación a guardar: Me da un poco de miedo el tema de que me toque inspección y encontrarme con un cazurro. Que le explique qué es una venta al descubierto o un call y que el tío ponga cara de WTF y piense que le estoy tomando el pelo. Se de alguno que trabaja en Hacienda y su nivel cultural para estos temas me preocupa. He llegado a preguntar a asesores fiscales este tipo de dudas, gente que cobra pasta para asesorar a la gente, y no tenían ni p*** idea de muchas cosas. Me da la sensación de que en USA esto es el pan de cada día pero que en España vivimos en el paleolítico de las finanzas. Para protegerme de ello solo se me ocurre aportar pruebas, cuantas más mejor, así que intento guardas un registro documental muy exhaustivo de todo lo que opero. ¿Hasta que punto registráis documentos por si en el futuro os viene una inspección?
Muchas gracias de antemano!