Tras la supresión, usar los datos guardados para los fines exclusivamente legales (como Hacienda) para fines comerciales es ilegal. Otra cosa es que no nos merezca la pena denunciarlo cuando en nuestra mente está el repetir natillas.
Se está hablando de
Openbank
¡60€ al abrir tu cuenta corriente hasta el 14/02 (min. 300€)! Ver condiciones y permanencia.
Yo no soy jurista, ya lo decía en el post antes enlazado, aunque este tema me interesa mucho y entiendo que incluso puede resultar complejo para los propios juristas.
La también enlazada resolución condenatoria de la AEPD no dice que ejercer la supresión te convierta automáticamente en «nuevo cliente». El banco puede definir en las condiciones de la promoción a quién considera nuevo cliente.
Y ahí llegamos al nudo gordiano, pues el problema es... ¿cómo sabe después que ya fuiste cliente? Si para comprobarlo utiliza datos que habían sido bloqueados tras ejercer derecho de supresión, está realizando un tratamiento ilícitopara una finalidad comercial, y eso es justamente lo que la AEPD resolvió en contra de Iberia Cards, imponiéndole sanción sobre la que no rechistó🫡😔🤐e incluso se apresuró a pagar para ahorrarse 4.000 euros.
Otra cosa sería que el banco pudiera conservar lícitamente algún dato para esa finalidad concreta, siempre amparándose en una base jurídica que lo justificase. Pero no vale simplemente decir: «lo sé porque tengo tus datos históricos», si esos datos estaban efectivamente bloqueados.
El tema me resulta denso y fascinante a la vez, pero muchas conclusiones más, con fundamento jurídico, no podría aportar.
Sabemos que el Reglamento Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) no es una norma española, sino de la Unión Europea, el Reglamento (UE) 2016/679, y se aplica directamente en todos los Estados miembros de la UE. Además, mediante el Acuerdo del EEE, su régimen se extiende también a Noruega, Islandia y Liechtenstein.
En España, el RGPD se complementa con la LOPDGDD (Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales 3/2018), que desarrolla determinados aspectos que el Reglamento deja a los Estados. Por otro lado, la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) es la autoridad de control española encargada de vigilar que el RGPD y la normativa española de protección de datos se cumplan en España.
Intentando indagar en otras vulneraciones del RGPD, no solo en España, algunas referencias a continuación aunque cada caso sería merecedor de análisis exhaustivo y yo no lo he hecho ni podría hacerlo: Infografía no mía, sino generada por ChatGPT, versión Plus
Sin ser jurista ni abogado yo también extraigo que : los datos bloqueados deben quedar impedidos para su tratamiento y que no pueden tratarse para una finalidad distinta de ponerlos a disposición de jueces, tribunales, Fiscalía o Administraciones competentes para exigir responsabilidades.
Efectivamente, la promoción recibos es para nuevos clientes.
1) Cuenta remunerada al 2,75% si pones bizum solamente. 2) Para la promoción recibos, no es necesario bizum. Solo 2 recibos de emisores diferentes (PaiPal no vale vale), domiciliados como muy tarde en octubre 2026.
Hay experiencias de repetir sin supresión. También hay experiencias de repetir tras hacer la supresión. Yo cerré cuenta + supresión de datos. Una vez confirmada la supresión, reabrí cuenta con promoción recibos y llevo ya cobrados varios incentivos.
Si te falla sin supresión, realiza la supresión y cuando tengas la confirmación, vuelves a abrir online. Si no te dejara online, puedes contratar por teléfono estos 3 productos 👇
1) Cuenta Open. 2) Adhesión a la promoción de los recibos. 3) Cuenta remunerada vinculada.
Claro que está grabada y es bochornosa la atención recibida. Tenemos claro que el SAC de OP ha empeorado terriblemente y que este tema lo tendrá que resolver otra instancia mediante reclamaciones ¡Lamentable!
Claro que la supresión no es completa y por supuesto, no se trata de una eliminación, es un bloqueo. Pero no se puede consultar y menos para tomar decisiones comerciales.