Si solicitas un borrado de datos y recibes respuesta positiva de la entidad bancaria, tus datos como cliente deberían pasar a un estado "bloqueado", ocultándose por completo de la interfaz de usuario que utilizan los empleados oficiales del banco.
La normativa exige que, una vez solicitada la supresión, se proceda al bloqueo de los datos para que sean apartados de los sistemas informáticos de uso diario (el CRM o sistema comercial que usan los empleados) y con acceso restringido únicamente al personal autorizado (como el Delegado de Protección de Datos o el equipo legal/cumplimiento), para que acceden a ellos, sólo si tienen un requermiento de una autoridad judicial o administrativa.
Si sospechas que empleados consultan tu historial tras haber solicitado la supresión, puedes presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos (DPD) del propio banco o denunciar el caso ante la Agencia de Protección de Datos.