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Tipo minimo en hipotecas

2 respuestas
Tipo minimo en hipotecas
Tipo minimo en hipotecas

CÓDIGO AMIGO

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#1

Tipo minimo en hipotecas

El año 2000 cambie mediante subrogacion la hipoteca que tenia con una caja (prefiero omitir nombres de momento) con mibor +1 mas redondeo a un banco que me ofrecio euribor + 0,4.

En la oferta que me entregó este banco que guardo todavia, no aparecia ninguna referencia a que hubiera tipo de interes minimo. Al ir a firmar la escritura de la hipoteca detectamos una clausura que incluia un tipo de interes minimo del 3'75, por aquella fecha el euribor habia repuntado por el 5% mas o menos. Al protestar por no haber sido avisado previamente me convencieron con la excusa de que los tipos estaban subiendo y era improbable que volvieran a bajar y ademas en ese hipotetico caso se podrian estudiar excepciones para compensar.

El caso es que esta año al revisarse el tipo me imponen el minimo de 3'75 cuando debia haber quedado en 2,6. Al protestar y pedir que se estudie una excepcion me dicen que no es posible y que esa clausura esta aceptada por mi.

Queria consultar en este foro si a alguien le ha pasado algo similar, y si creeis que se podria reclamar esta clausura como abusiva al banco o incluso ante el banco de españa.

saludos

#2

Re: Tipo minimo en hipotecas

Abuso es que te enterés del tipo mínimo cuando estás en el notario. ¿Tienes un tipo máximo también?

A lo mejor ya hay acciones emprendidas para eliminar esa claúsula, aunque un mínimo y un máximo de común acuerdo entre banco y cliente puede ser una buena opción.

Un saludo.

#3

Re: El famoso "suelo" en los intereses...

Pues a un familiar mio le paso hace ya años con Banco Gupuzcoano.

Me consta que ante la eliminacion/moderacion del redondeo muchas entidades suelen hacerlo(La Caixa, Caja Mdrid, muchas de las entidades de Banca por internet, etc.....)

El el mundillo se le llama Suelo. Conviene preguntar siempre si lo hay, y negarse a firmarlo en tal caso(salvo que sea 0 jajajaaj)

En cuanto al techo tambien se coloca a veces aunque a peticion del cliente....(eso si a un tipo del 9% como he visto yo...)

Cosa distinta del techo es interes maximo a efectos hipotecarios que es del que responderian los terceros y que esta ligado al tema de responsabilidad hipotecaria de la finca, pero que no tiene nada que ver con la relacion directa cliente-banco.

Evidentemente es una practica asquerosa. En la oferta vinculante deberia haberse colocado. Si no es asi reclama al BdE. Por cierto, el Notario a parte de cobrar que decia a algo asi????

Un saludo...