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¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?

4 respuestas
¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?
¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?
#1

¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?

Buenas tardes,somos cuatro titulares de un préstamo hipotecario y tenemos abierta una c/c específica para atender las cuotas mensuales del mismo, los cuatro titulares individualmente tenemos abiertas otras c/c en esa misma entidad para atender nuestros gastos familiares, resulta que cuando en la cuenta principal de la hipoteca no ha habido saldo suficiente directamente han barrido de las cuentas personales de alguno de los 4 titulares de la hipoteca. Mis cuestiones son las siguientes:

-¿Te pueden cargar una cuota del préstamo hipotecario si no tienes saldo en cuenta corriente? ¿Deberían notificar la incidencia al cliente y esperar a que el mismo dote la cuenta del saldo suficente para luego cargar la cuota?
-Cuando en la cuenta principal del préstamo no hay saldo: ¿pueden barrer inmediatamente de las cuentas personales de alguno de los 4 titulares? ¿Deberían notificarlo previamente?

Gracias de antemano. Saludos.

#2

Re: ¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?

En vuestros contratos de cuenta corriente, y probablemente también en el del préstamo hipotecario, existe un pacto de compensación de saldos deudores con acreedores, es lo habitual ... por tanto de alguna forma habéis autorizado al banco a compensar saldos .... entonces contra esto poco puedes hacer, a no ser que revocases por escrito esta autorización de compensación (*) y no sé si alguien lo ha hecho en la vida, y de aceptarse solo tendría efectos a partir de ahora. Y digo "aceptarse" porque estarías modificando un contrato en el que hay dos partes, vosotros y el banco, esto ya es cosa de abogados, desconozco que valor tendría si una de las partes de contrato y de forma unilateral lo pretendiese modificar. Es posible que me digas que ellos los modifican en temas de comisiones, cuando les parece, pero ello está previsto en el propio contrato, con lo cual no es comparable, por tanto desautorizar la compensación podría ser una modificación contractual a aceptar por las dos partes, no estoy seguro, pero podría ser ...

(*) La compensación es la facultad de tomar saldos a tu favor para liquidar deudas en tu contra, que no está permitida salvo que se autorice expresamente, y como los contratos tienen este pacot, pues .... otra cosa es que la gente se lea los contratos antes de firmarlos, en esto somos solo 4 y el tato, no es muy normal ....

#3

Re: ¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?

Buenas noches, muchas gracias W.Petersen por la respuesta, con respecto a la compensación de saldos acreedores con deudores nos surgen las siguientes cuestiones:

-En caso de que se haya autorizado al banco para la compensación: ¿Debería la entidad bancaria notificar la insuficiencia de saldo para intentar subsanarla? ¿Deberían la entidad bancaria comunicar la compensación antes de ejecutarla?

-Pongamos en el caso de que la cuenta principal del préstamo y las cuentas personales de los 4 titulares no tuvieran saldo, es decir, no hay saldo deudores: ¿Puede la entidad bancaria cargar la cuota del préstamo generando el consiguiente descubierto?

La idea es que si no hay saldo, nos lo comuniquen para subsanar la incidencia, haciendo frente a los intereses de demora para los casos en los que la cuota se cargue fuera de la fecha estipulada. ¿Podemos exigirle al banco que nos notifiquen la incidencia antes de acometer cualquier cargo o compensación?

Gracias de nuevo. Saludos.

#4

Re: ¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?

1 - No lo sé, me parece que no, habrá que estar en lo que indica el pacto de compensación que tendrás en el contrato de cuenta corriente o de ahorro, y supongo que también en la escritura de hipoteca.

2 - Si que puede, pero es bastante absurdo, porque un impago en un préstamo personal, o en un préstamo hipotecario, es de por sí una deuda con valor ejecutivo, no hay siquiera que demostrar que existe, la intervención de notario le da dicho carácter ejecutivo, por el contrario un descubierto en cuenta no es ejecutivo, primero hay que conseguir demostrar la deuda, para luego ejecutarla, con lo cual es bastante absurdo y va en perjuicio del acreedor, convertir algo que tiene fuerza ejecutiva, en algo que no la tiene, supone perjudicarse a ellos mismos.

3 - No lo sé, si los titulares de la hipoteca y de la cuenta son los mismos, y no hace falta que sean todos, la notificación ya existe por el mero vencimiento de la cuota, cada deudor ya sabe que a una determinada fecha tiene obligación de pagar la cuota. Tal vez la confusión la tengas en que al ser cuatro titulares, pienses que cada uno responde por una cuarta parte de la misma, y no es así, en el mismo contrato hipotecario, renunciasteis al beneficio de división, conjuntamente al de orden (no hay primero, ni segundo ....) y al de excusión que tiene que ver con los avalistas, si los hay ...

#5

Re: ¿Te pueden pueden cargar la cuota de la hipoteca si no hay saldo en c/c? ¿Deberían notificarlo previamente?

Muchas gracias de nuevo W.Petersen por la ayuda prestada, a ver que podemos arreglar con la entidad bancaria.

Saludos.