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Hola a todos,

Estos días estoy realmente liado. Llevo todo el fin de semana trabajando y hoy domingo a las 1:40 de la mañana aún en pie. Así que espero que los que me dieron tan buena acogida al blog (¡muchas gracias a todos por los ánimos!) sepan perdonarme la ausencia de respuestas.

Estoy preparando un artículo sobre el Real Decreto-Ley que el viernes pasado se aprobó por sorpresa en el Consejo de Ministros y que creo puede matar definitivamente el sector de las renovables en España si la prohibición se prolonga en el tiempo. Como me gusta hacer los artículos bien documentados y con sus enlaces, pues me lleva mi tiempo. Considero que un auditorio como este merece algo más que un exabrupto tipo "Muy mal lo del gobierno, decreto caca porque yo lo digo",así que estoy trabajando en un mensaje de calidad que podamos entender todos y ampliar información si no se fían de mí.

Pero para que vayan haciendo boca les diré que me parece realmente extraño que mientras España cercena la marcha de este sector, toda Europa, China, EE.UU., Brasil y muchos otros países estén fomentando cada vez más la instalación de renovables. ¿Es Alemania tonta? ¿Acaso Brasil no tiene petróleo y China carbón? ¿Para que quiere EE.UU.contratar a Abengoa si tiene centrales nucleares y tecnología para construirlas? Muchas preguntas en el aire y pretendo darles respuesta pronto.

Saludos.

Solrac.

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Disclaimer

Este post, como todos los que aparecen en el blog Ecos Solares cuando se analizan oportunidades de inversión y/o especulación, es una reflexión que comparto libremente en Rankia por motivos puramente educativos, de incremento desmesurado del ya de por sí desmesurado y soberbio ego personal y de fortalecimiento de amistad y relaciones personales con otros inversores particulares de la Comunidad de Rankia, y nunca se podrá considerar como una recomendación de inversión. El usuario que está detrás del nick "Solrac" no está habilitado para crear recomendaciones de mercado, gestionar carteras ajenas y ni lo hace ni pretende hacerlo al margen de la Ley. Este usuario, en todo caso, sólo ejerce actividades de inversión acogidas en el artículo 62.3 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores como excepciones a la aplicación de dicha Ley. La decisión de invertir es personalísima y autónoma y debe realizarse en un marco responsable por adultos formados.

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  1. en respuesta a Arkaitz10
    -
    Top 25
    #3
    02/02/12 13:47

    ¡Por fin lo he parido! Pero creo que vienen gemelos, je je.

    Saludos.

  2. #2
    30/01/12 09:41

    Me está gustando mucho lo que veo en este blog. Cosas bien explicadas y argumentadas, yo aprendo mucho.

    Espero con ansias la nueva entrada.

    Un saludo!