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Cómo hacer un contrato de préstamo entre particulares: modelo y requisitos para su validez

Cómo hacer un contrato de préstamo entre particulares: modelo y requisitos para su validez

Descubre cómo redactar y formalizar un contrato de préstamo entre particulares válido legalmente en España. Te mostramos qué debe incluir, aspectos fiscales clave y modelos descargables (con y sin intereses) para usar de forma segura.
Si estás pensando en prestar o recibir dinero fuera del banco, lo más importante no es solo acordarlo de palabra, sino firmar un contrato de préstamo entre particulares válido legalmente. Esto te protege frente a Hacienda y evita problemas en caso de impago.

👉🏼 Aquí puedes leer en detalle sobre los préstamos entre particulares: tipos, gastos e impuestos. En este artículo nos centraremos exclusivamente en el contrato, qué debe contener y te daremos modelos listos para usar. 

¿Qué debe contener un contrato de préstamo entre particulares?

Para que un contrato sea válido legalmente en España, debe cumplir con lo establecido en el Código Civil (arts. 1740 y ss.), y dejar por escrito las condiciones principales. Los elementos imprescindibles son: 

  • Datos de las partes: nombre completo, DNI/NIE y domicilio de prestamista y prestatario.
  • Importe del préstamo: la cantidad exacta entregada.
  • Plazo de devolución: fecha límite o calendario de pagos.
  • Intereses: puede ser sin intereses o con un tipo pactado, pero nunca inferior al tipo legal del dinero (art. 314 de la Ley Hipotecaria).
  • Forma de pago: transferencia, efectivo (limitado a 1.000 € entre particulares según Ley 11/2021), o domiciliación.
  • Cláusulas adicionales: amortización anticipada, penalizaciones por impago, avales o garantías.
  • Firmas de ambas partes y fecha de formalización. 

💡 Consejo: además del contrato, se recomienda presentar el modelo 600 de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Hacienda, aunque esté exento, para que no se considere una donación. 

Modelo de contrato de préstamo entre particulares con intereses 

Este es un ejemplo de modelo de contrato de préstamo entre particulares con intereses que puedes adaptar según tus necesidades: 

CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE PARTICULARES CON INTERESES  

En ___________, a ____ de _____ de 20__ 

REUNIDOS  

De una parte, D./Dña. ____________________, mayor de edad, con domicilio en __________________ y NIF ________________, en adelante, EL PRESTAMISTA. 
De otra parte, D./Dña. ____________________, mayor de edad, con domicilio en __________________ y NIF ________________, en adelante, EL PRESTATARIO. 

Ambas partes acuerdan celebrar el presente contrato de préstamo, que se regirá por las siguientes 

CLÁUSULAS 

Primera.- El PRESTAMISTA entrega en este acto al PRESTATARIO la cantidad de ________ euros, que este último declara recibir en concepto de préstamo.  

Segunda.- El préstamo devengará un interés anual del ___ %, no siendo nunca inferior al tipo legal del dinero fijado por el Banco de España.  

Tercera.- El plazo de devolución será de ___ años/meses, con pagos periódicos acordados entre las partes.  

Cuarta.- El PRESTATARIO podrá amortizar anticipadamente el capital pendiente, abonando los intereses devengados hasta la fecha.  

Quinta.- En caso de impago, las partes podrán acudir a la vía judicial o someterse a arbitraje.  

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman por duplicado el presente contrato en la fecha indicada.  

El Prestamista                  El Prestatario  

Modelo de contrato de préstamo entre familiares sin intereses

Cuando el préstamo es entre padres e hijos, hermanos o familiares cercanos, suele ser más común pactarlo sin intereses. Aquí tienes un ejemplo: 

CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE PARTICULARES SIN INTERESES 

En ___________, a ____ de _____ de 20__ 

REUNIDOS 

De una parte, D./Dña. ____________________, mayor de edad, con domicilio en __________________ y NIF ________________. 
De otra parte, D./Dña. ____________________, mayor de edad, con domicilio en __________________ y NIF ________________. 

ACUERDAN 

Primera.- El PRESTAMISTA entrega al PRESTATARIO la cantidad de ________ euros, que este último declara recibir en concepto de préstamo.  

Segunda.- El capital prestado no devengará intereses.  

Tercera.- El plazo de devolución será de ___ años/meses, pudiendo realizarse en pagos periódicos o en una única devolución.  

Cuarta.- Cualquier controversia será resuelta mediante arbitraje de equidad o vía judicial ordinaria.  

Firmado en duplicado en la fecha indicada.  

El Prestamista                  El Prestatario  

Aspectos legales clave a tener en cuenta

 Antes de firmar, ten presentes estas consideraciones legales: 

  • 📑 Obligación de declarar el préstamo en Hacienda → mediante el modelo 600 (exento de pago).
  • ⚖️ Validez jurídica → si no existe contrato escrito, Hacienda puede considerarlo una donación y exigir impuestos.
  • 📝 Registro notarial (opcional) → no es obligatorio, pero aporta mayor seguridad.
  • 💰 Límites de pago en efectivo → máximo 1.000 € entre particulares según la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
  • 👨‍👩‍👦 Préstamos entre familiares → Hacienda los revisa con especial atención para evitar fraudes, por lo que es fundamental formalizar el contrato.

Infografía sobre consideraciones legales en contratos de préstamo entre particulares: declaración en Hacienda con modelo 600, validez jurídica, registro notarial, límite de pagos en efectivo de 1.000 € y control de préstamos entre familiares.
Aspectos legales clave a tener en cuenta antes de firmar un contrato de préstamo entre particulares.

Preguntas frecuentes sobre contratos de préstamo entre particulares  


Sí, es la única forma de garantizar su validez legal y protegerse frente a Hacienda y posibles impagos. 


El préstamo podría considerarse donación y generar obligaciones fiscales adicionales. 


Sí, pero nunca deben ser abusivos. La Ley de Usura de 1908 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo anulan contratos con intereses desproporcionados. 


El prestamista puede reclamar judicialmente el importe. Si hay contrato, tendrá todas las garantías legales para hacerlo. 

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  1. Nuevo
    #199
    Cagigas
    25/10/19 23:11

    Buenas noches.
    Quería hacer una consulta a ver si alguien puede ayudarme.
    La casa en la que vivo es una herencia de mi padre. La planta de abajo era de mi tío (ahora de mi prima) y la de arriba pues mía. Hacia falta reparar el tejado y como mi tío no tenía dinero pues firmamos un contrato entre particulares para el prestamo a interés cero. Sin ningún modelo de Hacienda.
    La cosa es que mi tío enfermó gravemente y pasó la fecha que marcamos como tope de devolución de dos años y solo realizó la devolución del 30℅ (Tengo comprobantes de transferencias). Al estar él enfermo y no encontrarse en una buena situación económica, pues lo fui dejando pasar ya que no necesitaba ese dinero. Pues bien falleció hace unos meses y ahora pues necesito ese dinero, se lo puedo reclamar todavía a mi prima como heredera de la vivienda, aunque haya vencido el plazo de devolución y pasado dos o tres años?
    Espero si es posible alguna respuesta.
    Muchas gracias por adelantado.
    Saludos.

  2. Nuevo
    #195
    31/07/19 21:01

    Gracias por la información. En mi caso somos 4 hermanas que queremos prestar una cantidad mensual a mi padre para ayudarlo a pagar la asistencia po dependencia, la idea era hacerlo a través de un préstamo sin intereses porque hay un hermano que no quiere colaborar, de modo que cuando fallezca este dinero nos sea reembolsado con la herencia. ¿Qué tipo de contrato se podría firmar?

  3. en respuesta a evangelista
    -
    #193
    12/06/19 17:57

    Muchísimas gracias!!

  4. en respuesta a Almudenag
    -
    Top 100
    #192
    12/06/19 16:22

    Tienes que redactar un contrato privado , 4 copias, a interés cero, lo firman ambos y fotocopias de DNI y llevarlo a la delegación de hacienda de tu CC.AA y te dan el modelo 600, lo sellan y te quedas con copias
    https://www.ocu.org/dinero/prestamos/modelos/contrato-prestamo-particulares-sin-intereses. Lo rellenas y en hacienda presentas el modelo 600, 5 minutos, nada mas.

  5. en respuesta a evangelista
    -
    #191
    12/06/19 15:55

    Hola, sigo con el hilo, porque quiero tenerlo claro. Entonces, si mi padre me ha prestado-dado 20.000 euros, que debemos hacer para que no nos cobren a ambas partes?
    Ir a hacienda y presentar el modelo 600? y ya? o también un contrato entre los dos?

  6. en respuesta a Anhell
    -
    Top 100
    #189
    16/05/19 10:52

    Hola.
    Es que se presenta el modelo 600 en la delegación hacienda de tu CC.AA y la finalidad es que cuando retorne el dinero se considere como tal : a interés cero . Le ponen un sello y no es ningún chiringito, no creo que en este sentido haya problema

  7. #183
    21/02/19 19:40

    Aunque me da la sensación de que este artículo está algo abandonado, planteo una cuestión;

    Todo lo que leo al respecto de este tema desde hace meses, me hace pensar que el realizar la devolución del importe prestado tal y como se dice en la disposición 4ª del módelo de contrato que aquí se expone es un error, ya que tienes casi todas las papeletas de que hacienda lo considere donación (por muchos recibos manuscritos que hayan), y que lo conveniente es realizar las devoluciones a través de transferencia bancaria.

    ¿Alguien sabe si hay alguna manera oficial para que hacienda te aclara este tema?.

    Gracias. Un saludo.

  8. #182
    08/02/19 03:45

    Hola,

    Muchas gracias por el tiempo que dedicáis a las respuestas.

    Mi madre me hizo un préstamo a interés 0 para la compra de un coche e hicimos el contrato y lo declaramos con el modelo 600, Finalmente no me he comprado el coche y tengo el dinero en el banco. Si pasa el tiempo hacienda puede venir a decirme que es una donación encubierta aunque esté devolviendo el dinero? Cambia algo si el dinero lo tengo en algún vehículo de inversión (fondo, acciones,...)?

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