Acceder
Préstamos entre particulares: ¿con o sin contrato?

Préstamos entre particulares: ¿con o sin contrato?

Los préstamos entre particulares se están convirtiendo en buena opción de financiación, debido a que los intereses de los préstamos que ofrecen los bancos son cada vez más altos, y ni hablar de los créditos rápidos. A día de hoy, conseguir financiación es algo complicado y son muchos los que optan por recurrir a un amigo o familiar para que les presten el dinero, de esta forma ambos ganan, prestatario y prestamista. Si se establece una retribución, el prestamista podrá obtener una rentabilidad por su dinero y, el prestatario podrá conseguir el dinero con un tipo de interés inferior. 

Aunque los préstamos entre particulares se basan en la confianza, lo mejor es dejar constancia de ello a través de un contrato para préstamos entre particulares, lo que nos puede evitar muchos problemas.

 

 

Préstamo entre particulares: ¿en qué consiste?

Un préstamo entre particulares es una buena opción si se necesita dinero prestado y no se cumple con los requisitos solicitados por las entidades bancarias. Generalmente un préstamo de esta índole debe ir acompañado de un documento denominado contrato de préstamo entre particulares, donde queda reflejado todas las condiciones legales que van a regirlo.  

¿Te concederán el préstamo que estás buscando para tu futuro proyecto? Simula tu cuota con las condiciones de mercado actuales: 

Este tipo de préstamo puede ser a título gratuito (sin intereses) o a título lucrativo (con intereses). Estos contratos están sujetos, pero exentos, al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados, es decir, el Modelo 600. En otras palabras, el préstamo entre particulares está exento de tributación (no será necesario pagar el impuesto), pera será obligatorio presentar el modelo 600 de Hacienda Pública.

A continuación veremos las características de los préstamos entre particulares, con o sin contrato.

Si no hay un contrato, ¿qué problemas puedo tener?

Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en un préstamo entre particulares, Hacienda puede suponer que habrá una retribución y obligará al prestamista a declarar en el IRPF los intereses, los haya o no. El tipo de interés legal del dinero será el que se aplicará, que actualmente es del 3%. Si establecemos un contrato entre ambas partes, Hacienda no aplicará este interés, y el prestamista no tendrá que tributar por los posibles intereses. 

Otro problema con el que nos podemos encontrar es que Hacienda considere que no se trata de un préstamo entre particulares, si no de una donación encubierta, con el objetivo de no pagar intereses. Cualquier donación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, mientras que los préstamos están sujetos al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pero con el contrato para préstamos entre particulares (Modelo 600) estarán exentos

Además, al tratarse de operaciones a largo tiempo, puede ocurrir que prestatario y/o prestamista fallezcan. Como sabemos, las deudas no se extinguen por fallecimiento y pasarán a los herederos. ¿Qué ocurre entonces?

  • Si fallece el prestatario, la deuda se incorporará a la herencia y serán sus herederos quien paguen la deuda.
  • Si fallece el prestamista, la deuda será un derecho en la herencia y uno o varios herederos serán los que reciban el dinero. 

Si se trata de un préstamo entre familiares, el hijo que recibió el dinero se convertirá en deudor y heredero, por lo tanto la deuda se extinguirá, a no ser que haya más herederos y quieran la parte del dinero que les pertenece. 


Contrato de préstamo entre particulares

Un contrato para el préstamo entre particulares es lo ideal, ya que es útil para formalizar el acuerdo entre ambas partes, y tendrá que registrarse en Hacienda para hacerse efectivo. En función de si el préstamo entre particulares vaya o no a tener intereses, el modelo del contrato será uno u otro.

Los aspectos más importantes que ha de recoger el contrato para un préstamo entre particulares es:

  • Fecha y lugar 
  • Datos personales del prestatario y prestamista
  • Importe a prestar
  • Duración del préstamo
  • Si se aplicarán o no intereses y el tipo 

A continuación os mostramos un ejemplo de contrato de préstamo entre particulares con intereses y otro sin intereses. 

 

Modelo de préstamo entre particulares con intereses
 

Contrato de préstamo entre particulares con intereses

En ___________, a ____ de _____ de 20__

REUNIDOS

De una parte D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 

Y de otra, D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 

Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho. 

Con la capacidad y legimitación para contratar que recíprocamente se reconocen, comparecentes han convenido otorgar contratao de préstamo con intereses, con arreglo a las siguientes 

CLÁUSULAS 

Primera.- D.___________________ ha entregado con anterioridad a este acto en concepto de préstamo a D._______________ que reconoce haber recibido un capital de ________ euros. 

Segunda. - Durante el plazo del préstamo el capital devengará un interés del ___ por ciento en primer año, revisable de común acuerdo al alza o a  la baja cada año a partir del segundo, no siendo nunca inferior al tipo legal del dinero. 

Tercera.-El capital prestado ha de devolverse en un plazo máximo de ___ años. No obstante, el prestatario podrá amortizar de forma anticipada el capital pendiente en cualquier momento. Los intereses se abonarán vencidos al efectuar el pago del capital en cada uno de los plazos. 

Cuarta.- El abono del capital y los intereses se hará en el domicilio del acreedor, el cual extenderá un recibo anual justificado del pago. 

Quinta.- Cualquier gestión que surja entre las partes sobre la interpretación o el cumplimiento del presente contrato será sometida a un arbitraje de equidad con arreglo a las normas que regulan este tipo de procedimiento. 

Y en prueba de conformidad los otorgantes firman por duplicado el presente contrato el lugar y fecha indicados en el encabecimiento. 

 

                    El prestamista                                         El prestatario

 

 

Modelo de préstamo entre particulares sin intereses
 

Contrato de préstamo entre particulares sin intereses

En ___________, a ____ de _____ de 20__

REUNIDOS

De una parte D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 

Y de otra, D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 

Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho. 

Con la capacidad y legimitación para contratar que recíprocamente se reconocen, comparecentes han convenido otorgar contratao de préstamo con intereses, con arreglo a las siguientes 

CLÁUSULAS 

Primera.- D.___________________ ha entregado con anterioridad a este acto en concepto de préstamo a D._______________ que reconoce haber recibido un capital de ________ euros. 

Segunda. - Durante el plazo del préstamo el capital no devengará intereses

Tercera.-El capital prestado ha de devolverse en un plazo máximo de ___ años. No obstante, el prestatario podrá amortizar de forma anticipada el capital pendiente en cualquier momento. 

Cuarta.- El abono del capital  se hará en el domicilio del acreedor, el cual extenderá un recibo anual justificado del pago. 

Quinta.- Cualquier gestión que surja entre las partes sobre la interpretación o el cumplimiento del presente contrato será sometida a un arbitraje de equidad con arreglo a las normas que regulan este tipo de procedimiento. 

Y en prueba de conformidad los otorgantes firman por duplicado el presente contrato el lugar y fecha indicados en el encabecimiento. 

 

                    El prestamista                                         El prestatario

 

 

Además de este contrato sellado por un notario o frente a terceros, es importante guardar todos los justificantes de pago y la presentación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (del que estaremos exentos).

Préstamos entre particulares sin contrato 

En los préstamos entre particulares sin contrato se presentan las siguientes características:  

  • Si no se establece un contrato entre ambas partes, Hacienda puede suponer que habrá una retribución y obligará al prestamistas a declarara en el IRPF los intereses, los haya o no, de acuerdo a lo que establece la Ley sobre la Renta de los Personas Físicas. El tipo de interés legal del dinero  que se aplicará será del 3% (vigente a la fecha).  
  • Otra situación que se puede presentar de no firmar un contrato es que Hacienda considere que no se trata de un préstamo entre particulares, si no de una donación encubierta, con el objetivo de no pagar intereses. Lo que llevaría al prestamista a declarar y pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. 

Además, al tratarse de operaciones a largo tiempo, puede ocurrir que prestatario y/o prestamista fallezcan. Como sabemos, las deudas no se extinguen por fallecimiento y pasarán a los herederos. ¿Qué ocurre entonces?

  • Si fallece el prestatario, la deuda se incorporará a la herencia y serán sus herederos quien paguen la deuda.
  • Si fallece el prestamista, la deuda será un derecho en la herencia y uno o varios herederos serán los que reciban el dinero. 

Si se trata de un préstamo entre familiares, el hijo que recibió el dinero se convertirá en deudor y heredero, por lo tanto la deuda se extinguirá, a no ser que haya más herederos y quieran la parte del dinero que les pertenece.

 

Modelo 600: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales 

Como hemos comentado, los préstamos entre particulares están sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, pero la ley que lo regula establece que los préstamos entre particulares están exentos de tributación, pero será obligatorio presentar el modelo 600.

¿Qué tenemos que hacer para estar exentos?

Para estar exentos de tributar el préstamo entre particulares, será obligatorio presentar la declaración del ITP a la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma que corresponda. Lo que tenemos que hacer es, dentro del apartado de Autoliquidación, marcar la casilla (21) "EXENTO", y en Fundamento del beneficio fiscal o no sujeción (22): "Préstamo exento según el artículo 45.1.B 15 del RDL 1/93"

 Modelo de contrato de préstamos entre particulares

 

En conclusión, los préstamos entre particulares pueden ser una solución para determinados momentos puntuales en los que se necesita financiación. Si te preguntas si conviene solicitarlo con o sin contrato, es conveniente realizar todos los trámites por escrito, es decir, con un contrato para no incurrir en riesgos, ya que de lo contrario podrían acabar saliendo muy caros.  Además, debes ser consciente que estarán obligados a la presentación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Prestamo CAPITAL

Si estás buscando Reunificar tus deudas, con Prestamo Capital obtendrás la financiación que necesitas.

  • Sin comisiones y sin cambiar de banco.
  • Aprobación en 48h
  • Hasta 500.000€ para lo que tú quieras
  1. Nuevo
    #199
    Cagigas
    25/10/19 23:11

    Buenas noches.
    Quería hacer una consulta a ver si alguien puede ayudarme.
    La casa en la que vivo es una herencia de mi padre. La planta de abajo era de mi tío (ahora de mi prima) y la de arriba pues mía. Hacia falta reparar el tejado y como mi tío no tenía dinero pues firmamos un contrato entre particulares para el prestamo a interés cero. Sin ningún modelo de Hacienda.
    La cosa es que mi tío enfermó gravemente y pasó la fecha que marcamos como tope de devolución de dos años y solo realizó la devolución del 30℅ (Tengo comprobantes de transferencias). Al estar él enfermo y no encontrarse en una buena situación económica, pues lo fui dejando pasar ya que no necesitaba ese dinero. Pues bien falleció hace unos meses y ahora pues necesito ese dinero, se lo puedo reclamar todavía a mi prima como heredera de la vivienda, aunque haya vencido el plazo de devolución y pasado dos o tres años?
    Espero si es posible alguna respuesta.
    Muchas gracias por adelantado.
    Saludos.

  2. Nuevo
    #195
    31/07/19 21:01

    Gracias por la información. En mi caso somos 4 hermanas que queremos prestar una cantidad mensual a mi padre para ayudarlo a pagar la asistencia po dependencia, la idea era hacerlo a través de un préstamo sin intereses porque hay un hermano que no quiere colaborar, de modo que cuando fallezca este dinero nos sea reembolsado con la herencia. ¿Qué tipo de contrato se podría firmar?

  3. en respuesta a evangelista
    -
    #193
    12/06/19 17:57

    Muchísimas gracias!!

  4. en respuesta a Almudenag
    -
    Top 100
    #192
    12/06/19 16:22

    Tienes que redactar un contrato privado , 4 copias, a interés cero, lo firman ambos y fotocopias de DNI y llevarlo a la delegación de hacienda de tu CC.AA y te dan el modelo 600, lo sellan y te quedas con copias
    https://www.ocu.org/dinero/prestamos/modelos/contrato-prestamo-particulares-sin-intereses. Lo rellenas y en hacienda presentas el modelo 600, 5 minutos, nada mas.

  5. en respuesta a evangelista
    -
    #191
    12/06/19 15:55

    Hola, sigo con el hilo, porque quiero tenerlo claro. Entonces, si mi padre me ha prestado-dado 20.000 euros, que debemos hacer para que no nos cobren a ambas partes?
    Ir a hacienda y presentar el modelo 600? y ya? o también un contrato entre los dos?

  6. en respuesta a Anhell
    -
    Top 100
    #189
    16/05/19 10:52

    Hola.
    Es que se presenta el modelo 600 en la delegación hacienda de tu CC.AA y la finalidad es que cuando retorne el dinero se considere como tal : a interés cero . Le ponen un sello y no es ningún chiringito, no creo que en este sentido haya problema

  7. #183
    21/02/19 19:40

    Aunque me da la sensación de que este artículo está algo abandonado, planteo una cuestión;

    Todo lo que leo al respecto de este tema desde hace meses, me hace pensar que el realizar la devolución del importe prestado tal y como se dice en la disposición 4ª del módelo de contrato que aquí se expone es un error, ya que tienes casi todas las papeletas de que hacienda lo considere donación (por muchos recibos manuscritos que hayan), y que lo conveniente es realizar las devoluciones a través de transferencia bancaria.

    ¿Alguien sabe si hay alguna manera oficial para que hacienda te aclara este tema?.

    Gracias. Un saludo.

  8. #182
    08/02/19 03:45

    Hola,

    Muchas gracias por el tiempo que dedicáis a las respuestas.

    Mi madre me hizo un préstamo a interés 0 para la compra de un coche e hicimos el contrato y lo declaramos con el modelo 600, Finalmente no me he comprado el coche y tengo el dinero en el banco. Si pasa el tiempo hacienda puede venir a decirme que es una donación encubierta aunque esté devolviendo el dinero? Cambia algo si el dinero lo tengo en algún vehículo de inversión (fondo, acciones,...)?

Definiciones de interés
Descubre el mejor depósito para ti

Elige importe y plazo, y te enviaremos por email los depósitos más rentables

Acepto que mis datos sean tratados por Rankia S.L. con el objeto de informarme de productos y servicios relacionados con depósitos.
Encuentra tu préstamo