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Te puedes deducir en concepto de otros gastos y con carácter general, 2.000

Te puedes deducir en concepto de otros gastos y con carácter general, 2.000 euros anuales. En relación a las reducciones: Si el rendimientos netos del trabajo comprendidos está entre 13.115 y 16.825 euros: 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 13.115 euros anuales. Saludos,
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