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Trade Republic y el Servicio de Consultas del Banco de España

Ante las dudas que me surgieron en cuanto al paraguas del Fondo de Garantías de Depósitos para el dinero depositado en Trade  Republic  en su famosa cuenta que al final tiene subcustodios en unas cuentas ómnibus, realicé una consulta al Banco de España , el 20 de mayo.

Hoy me ha contestado lo siguiente con una rapidez que me ha sorprendido:

"En contestación a su consulta del día 20 de mayo de 2026, le informamos de que la
finalidad de este canal es atender dudas y consultas relativas a cuestiones de interés
general sobre los derechos de los usuarios de servicios financieros en materia de
transparencia y buenas prácticas bancarias.

Dicho esto, TRADE REPUBLIC BANK GMBH SUCURSAL EN ESPAÑA es una sucursal de
una entidad de crédito alemana, que consta inscrita como tal, desde el 28 de febrero de
2025, en el Registro oficial de entidades del Banco de España, con el código de entidad
1586. Hasta esa fecha venía operando en régimen de libre prestación de servicios.

La inscripción en dicho registro acredita que la entidad cuenta con autorización para
operar y que debe cumplir con la normativa vigente sobre solvencia de entidades de
crédito. Su supervisión corresponde a la Autoridad Federal de Supervisión Financiera o
Bundesanstalt für Finanzdienstleistungsaufsicht (BaFin). Le proporcionamos un enlace a
dicho organismo:

https://www.bafin.de/EN/Homepage/homepage_node.html

Puede consultar las entidades autorizadas para operar en España en el siguiente enlace:
Registros de entidades

Por otra parte, por si fuera de su interés, le adjuntamos un enlace a la página web del
Banco Central Europeo donde puede localizar un listado de todas las entidades de crédito
supervisadas directamente por este organismo o por la autoridad competente del país
donde radica su domicilio social, en función de cada caso:

BCE- Supervisión bancaria- Lista de entidades supervisadas

Sentado lo anterior, deberá tener en cuenta las condiciones contractuales suscritas con
la entidad. En particular, en lo referente a los depósitos, si estos fueran mantenidos en
terceras entidades, su garantía correspondería al Fondo de Garantía de Depósitos al que
estuvieran adheridas tales entidades, pudiendo obtener más información en el sitio web
del fondo de garantía correspondiente.

En cualquier caso, debemos señalar que todas las entidades de crédito de Estados
miembros de la Unión Europea están obligadas a pertenecer a un Sistema de Garantía deDepósitos –SGD– establecido en su país de origen, en virtud de lo dispuesto en la
Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014,
relativa a los sistemas de garantía de depósitos, la cual dispone que:

“Artículo 4:
1. Cada Estado miembro velará por la implantación y el reconocimiento oficial en
su territorio de uno o más SGD.

Artículo 6:
1. Los Estados miembros garantizarán que el nivel de cobertura de los depósitos
agregados de cada depositante sea de 100.000 EUR para el caso de que los
depósitos no estén disponibles”.

Sin perjuicio de lo anterior, las entidades de crédito deberán facilitar a todo cliente
explicaciones adecuadas y suficientes para comprender los términos esenciales de todo
servicio bancario ofertado y adoptar una decisión informada, teniendo en cuenta sus
necesidades y su situación financiera.

En el Portal del Cliente Bancario podrá encontrar información relacionada con su consulta:
Entidades extranjeras en España y la garantía de depósitos

En otro orden de cosas, es necesario señalar que, respecto de aquellas consultas o
reclamaciones relacionadas con productos de inversión como valores, fondos de
inversión, etc., deberá contactar con la Comisión Nacional del Mercado de Valores
utilizando los medios habilitados a tal fin. Para ello, podrá encontrar información en el
siguiente enlace:
https://www.cnmv.es/portal/Utilidades/Contacto.aspx

Gracias por utilizar nuestro servicio de consultas. Dirección General de Conducta Financiera y
Billetes

PD. La pregunta que queda por responder es ¿ quién es el depositante en las cuentas ómnibus?.
 Como era de esperar el Banco de España no aclara nada, se limita a trasponer la legislación. 

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    Depósito mínimo
    10,00 €
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  1. en respuesta a Jspgra
    -
    Top 25
    #4
    27/05/26 13:32
    Buenos días, 

    Los garantiza el FGD del país o países donde esté/n la/s cuenta/s fiduciaria/s colectiva/s donde TR haya puesto tu dinero, pueden ser:  

    • Deutsche Bank AG
    • J.P. Morgan SE
    • Citibank Europe plc
    • Crédit Agricole CIB
    • HSBC Continental Europe S.A.
    • Natixis CIB
    • SEB AB

    P.e. si lo han metido en Deutsche Bank AG es el FGD alemán, si esta en  Crédit Agricole CIB  es el FGD francés, etc.

    La única diferencia es que en BBVA y Bankinter es el FGD español quien te cubre, pero todos cubren hasta 100k por cliente por normativa europea.

    Hace un tiempo TR decía que estabas cubierto hasta 150k, porque si superabas los 75k usaban dos cuentas colectivas de países distintos, aunque últimamente eso no lo he leído, no se si lo habrán cambiado al tener IBAN español.

    Si abres la cuenta de TR no en España, sino en otros países, dicen que a partir de un límite establecido el dinero lo meten en fondos monetarios, pero en España no es así.

  2. en respuesta a Sparrow In Jail
    -
    #3
    27/05/26 11:56
    Buenos días: los que no somos duchos en temas financieros, creo que despues de leer el articulo y tu respuesta, a mi me queda la duda si mi dinero está tan garantizado como si estuviera en el BBVA o en Bankinter, es decir esos 100.000 euros quién los garantiza ? Muchas gracias a ambos.
  3. Top 25
    #1
    27/05/26 09:30
    Buenos días, 

    Yo te la respondo, el depositante es TR, las cuentas fiduciarias están a su nombre y es la propia TR quien gestiona los movimientos de los clientes, en este tipo de cuentas el FGD del país donde está la cuenta fiduciaria ampara a cada uno de los clientes que participan en esas cuentas individualmente con 100k.

    Antiguamente cuando pedías un reembolso te llegaba directamente desde la cuenta colectiva y te aparecía su IBAN, algún despistado hizo ingresos poniendo ese IBAN en vez del de TR como destinatario, y el dinero se perdía durante un buen tiempo y tenias que andar con reclamaciones.

    Ahora no sé si los reembolsos te llegan con el IBAN de tu cuenta de TR que ya es español o con los de la cuenta colectiva.