Repaso, de la tributación en ITP, Plusvalía e IRPF de la disolución de comunidad constituida por dos inmuebles de distinto valor del que son titulares dos personas al 50%; se adjudica un inmueble cada uno. El que recibe el bien de más valor compensa al otro en dinero por la diferencia. DGT 05/06/20.
Cuando quien fallece tenía un local alquilado, y sigue en alquiler tras su muerte; ¿Quién tiene que tributar por el arrendamiento desde entonces? ¿Qué pasa con el IVA? ¿Y si los herederos tardan un tiempo en aceptar la herencia? ¿Y si el local era ganancial?
¿Qué pasa con la exención por reinversión en vivienda habitual si incumples el plazo de los dos años por fallecimiento?
Ya está disponible el simulador IRPF del ejercicio 2010.
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