Esta es la 2ª parte de un post doble de Preguntas y respuesta sobre la Plusvalía (22/11/2021) En este documento el enfoque recae sobre un puñado de escenarios que se nos presentan tras la ST 182/2021 y el RLD 26/2021.
Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional, que ha expulsado del ordenamiento jurídico una serie de preceptos de la LHL que impiden la exigibilidad dela Plusvalía y de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 26/2021 se plantean gran cantidad de cuestiones a las que voy a dar luz.
Varios hermanos tienen en comunidad diversos inmuebles procedentes de las herencias de sus padres. Quieren extinguir el condominio sobre un bien, y mantener la cotitularidad sobre el resto de bienes. ¿Qué impuestos tienen que pagar? Distinto criterio Dirección General Tributos y Tribunal Supremo.
Disolución de comunidad de los bienes procedente de las herencias de los padres. Para la Administración y también par algunos tribunales, se trata de dos comunidades de bienes que hay que extinguir separadamente, y cumpliendo unos requisitos, para evitar que se tribute por TPO.
"A y B" compran "a medias": vivienda, garaje y trastero -mismo edificio-; simultáneamente, "A" adquiere un garaje adicional del mismo bloque.¿Cuál es el tipo de IVA por la compra de este último garaje?
Cuadro personas titulares en proindiviso de la parcela 1 quieren segregarla en las fincas 2 y 3, cuya comunidad se disolverá adjudicando cada finca a dos de los comuneros. Tributación en ITPAJD. Alternativas.
Tributación en caso de usucapión.
¿Cómo tributa la consolidación del dominio por fallecimiento del usufructuario, cuando los nudo propietarios aportaron lo recibido por herencia a una Sociedad, que es ahora la nudo propietaria?
Si se vende a una empresa un terreno recibido por herencia respecto del cual el causante tenía la condición de empresario-IVA, pueden los sucesores subrogarse en dicha posición y así mejorar su capacidad negociadora vs el comprador al poder evitarle el pago de Transmisiones Patrimoniales.
3 hermanos que tienen en proindiviso dos inmuebles (local y vivienda) por herencia, quieren extinguirlo adjudicándo la vivienda a uno de ellos que pagará a los demás. El local seguirá en proindiviso. Por la vivienda disfrutaron de reducción del 95% en el ISD. ¿Lo pierden?
Repaso, de la tributación en ITP, Plusvalía e IRPF de la disolución de comunidad constituida por dos inmuebles de distinto valor del que son titulares dos personas al 50%; se adjudica un inmueble cada uno. El que recibe el bien de más valor compensa al otro en dinero por la diferencia. DGT 05/06/20.
Cuando quien fallece tenía un local alquilado, y sigue en alquiler tras su muerte; ¿Quién tiene que tributar por el arrendamiento desde entonces? ¿Qué pasa con el IVA? ¿Y si los herederos tardan un tiempo en aceptar la herencia? ¿Y si el local era ganancial?
¿Qué pasa con la exención por reinversión en vivienda habitual si incumples el plazo de los dos años por fallecimiento?
En BOE de 5-1-2011 se ha publicado la Resolución por la que se aprueba el nuevo modelo 145 para comunicar al empresario los datos y circunstancias personales de cara a la retención por IRPF.
Los cambios que recoge el modelo son los derivados de la modificación de las deducciones de vivienda habitual con efectos 1 de enero de 2011. En 2010, las personas que estuvieran pagando "
Ya está disponible el simulador IRPF del ejercicio 2010.
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