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Participaciones del usuario Wiijaen

Wiijaen 24/06/17 18:04
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
  Harry, gracias por el aporte, aunque veo que se trata de Bonos Convertibles. ES0213790019 y ES0213790027 ni siquiera era convertibles! Por cierto, acerca del "simpático" compañero INDRA: en realidad es un infiltrado de los servicios sociales del Gobierno de España, para que no nos hagamos muchas ilusiones y así, si finalmente no obtenemos sentencia favorable, no llevemos tanto palo. En el fondo lo hace por nuestro bien...tenéis que entenderle! Añadir una cosa más: la plataforma Afectados Banco Popular ya se ha pronunciado. Ellos dirigirán las causas mediante el bufete Rúa Abogados. Sus honorarios van también a ÉXITO: 5% de lo recuperado en este caso. Si no se estima la demanda, no nos cobrarían nada. Arriaga Asociados aún no se ha pronunciado, al menos no se han puesto en contacto conmigo aún. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 24/06/17 17:55
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Gracias por la aclaración Vil, aunque hay algo que no termino de entender. Está bien que se haga un informe posterior más detallado, pero la resolución se dicta en base al informe preliminar, antes de ejecutar la decisión. Lo digo porque el planteamiento principal es lógicamente si fue proporcionada la medida. El informe posterior servirá para reafirmar (no se van a tirar piedras contra su propio tejado, claro), pero la proporcionalidad de la medida, que es la clave para solicitar la nulidad de los contratos, es en base a la información que se tenía hasta ese momento y de si era justificativo para adoptar una medida tan drástica. Todo lo que se publique posteriormente por parte de Deloitte o de la UE va a ir en contra de nuestra defensa, eso está claro y debemos asumirlo. Añadir una cosa más: la plataforma Afectados Banco Popular ya se ha pronunciado. Ellos dirigirán las causas mediante el bufete Rúa Abogados. Sus honorarios van también a ÉXITO: 5% de lo recuperado en este caso. Si no se estima la demanda, no nos cobrarían nada. Arriaga Asociados aún no se ha pronunciado, al menos no se han puesto en contacto conmigo aún. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 23/06/17 20:24
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
En realidad no sé porqué tanto misterio y mantener en secreto ese informe, sea como fuere ese informe, tal como estaba redactado hasta 6 de junio, es el que sirvió a la Junta Única de Resolución para adoptar la resolución. Que se maquille posteriormente no sirve de nada, pues será un documento distinto. En el sumario lo que constará es el informe con que contaba la JUR hasta el 6 de junio de 2017 que le llevó a adoptar a activar este mecanismo. Es decir, el informe hasta 6 de junio es la causa, la resolución de 7 de junio es la consecuencia. Lo sucedido posteriormente o un informe distinto pasada esa fecha no sirve de nada. También es verdad que, si no se ha publicado aún, por algo será... Un cordial saludo.      
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Wiijaen 23/06/17 16:36
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Quiero comentar un par de detalles. Lo pongo en el mismo post, aunque son temas muy distintos. Por un lado, hay algo que me ha chirriado bastante desde el principio, y es el tema de dónde ha ido a parar el dinero...Porque dinero había! Las acciones, por más que se estaban desplomando, haberlas las había, y el dinero de las Obligaciones Subordinadas las pagamos religiosamente y el valor de los títulos estaban registrados en la entidad. Por lo tanto, dinero había! Me recuerda a las películas de Agatha Christie o de la señorita Fletcher, donde el principal sospechoso de cualquier asesinato siempre suele ser, lógicamente, el que más beneficio saca de él. Es decir, no olvidemos que de esto el que se ha beneficiado claramente es el Santander. Sé que es un gigante e intentar ir contra él es complicado, pero desde el 7 de junio no dejo de pensar que los que realmente se han beneficiado de esto y nos han perjudicado tanto es el Santander. Me cuesta mucho creer que salga limpio de todo esto... Por otro lado, hay algo que me molestó bastante el día que tuvimos al fatídica noticia: tener que escuchar al señor De Guindos decir que la operación había sido exitosa, que era la primera vez que se activaba este mecanismo a nivel de la UE y que se había resuelto sin que los españoles tengamos que ceder dinero público, como en casos anteriores. Está claro que el Gobierno de España fue uno de los grandes impulsores para que se resolviera este problema por esta vía, y no convertirlo en otro rescate bancario. Pero hay dos detalles que no se han parado a pensar. Por un lado, la Comisión Europea ha ya confirmado que, en caso de producirse indemnizaciones por vía judicial, se sufragará con fondos de la UE, que no dejan de ser fondos públicos. Si es verdad que en este caso la afectación a un Gobierno individual de alguno de los Estados miembros es menor. En realidad, con este mecanismo lo que se hace es trasladar un afectación pública de un Estado, hacia la UE. De una manera o de otra, pagamos TODOS. Otro detalle que no han tenido en cuenta es la FISCALIDAD. Al producirse tal nivel de perjucio (pérdida de patrominio mobiliario), en los próximos 4 años vamos a tener los 270.000 afectados enormes desgravaciones. Eso es MUCHO dinero, mucho dinero que deja de ingresar el Estado y, por tanto, que pagan TODOS los españoles, ya sea de manera directa o indirecta. También esto lo paga la UE...? En fin, detalles a tener en cuenta...
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Wiijaen 23/06/17 16:36
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Quiero comentar un par de detalles. Lo pongo en el mismo post, aunque son temas muy distintos. Por un lado, hay algo que me ha chirriado bastante desde el principio, y es el tema de dónde ha ido a parar el dinero...Porque dinero había! Las acciones, por más que se estaban desplomando, haberlas las había, y el dinero de las Obligaciones Subordinadas las pagamos religiosamente y el valor de los títulos estaban registrados en la entidad. Por lo tanto, dinero había! Me recuerda a las películas de Agatha Christie o de la señorita Fletcher, donde el principal sospechoso de cualquier asesinato siempre suele ser, lógicamente, el que más beneficio saca de él. Es decir, no olvidemos que de esto el que se ha beneficiado claramente es el Santander. Sé que es un gigante e intentar ir contra él es complicado, pero desde el 7 de junio no dejo de pensar que los que realmente se han beneficiado de esto y nos han perjudicado tanto es el Santander. Me cuesta mucho creer que salga limpio de todo esto... Por otro lado, hay algo que me molestó bastante el día que tuvimos al fatídica noticia: tener que escuchar al señor De Guindos decir que la operación había sido exitosa, que era la primera vez que se activaba este mecanismo a nivel de la UE y que se había resuelto sin que los españoles tengamos que ceder dinero público, como en casos anteriores. Está claro que el Gobierno de España fue uno de los grandes impulsores para que se resolviera este problema por esta vía, y no convertirlo en otro rescate bancario. Pero hay dos detalles que no se han parado a pensar. Por un lado, la Comisión Europea ha ya confirmado que, en caso de producirse indemnizaciones por vía judicial, se sufragará con fondos de la UE, que no dejan de ser fondos públicos. Si es verdad que en este caso la afectación a un Gobierno individual de alguno de los Estados miembros es menor. En realidad, con este mecanismo lo que se hace es trasladar un afectación pública de un Estado, hacia la UE. De una manera o de otra, pagamos TODOS. Otro detalle que no han tenido en cuenta es la FISCALIDAD. Al producirse tal nivel de perjucio (pérdida de patrominio mobiliario), en los próximos 4 años vamos a tener los 270.000 afectados enormes desgravaciones. Eso es MUCHO dinero, mucho dinero que deja de ingresar el Estado y, por tanto, que pagan TODOS los españoles, ya sea de manera directa o indirecta. También esto lo paga la UE...? En fin, detalles a tener en cuenta...
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Wiijaen 23/06/17 16:35
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
Quiero comentar un par de detalles. Lo pongo en el mismo post, aunque son temas muy distintos. Por un lado, hay algo que me ha chirriado bastante desde el principio, y es el tema de dónde ha ido a parar el dinero...Porque dinero había! Las acciones, por más que se estaban desplomando, haberlas las había, y el dinero de las Obligaciones Subordinadas las pagamos religiosamente y el valor de los títulos estaban registrados en la entidad. Por lo tanto, dinero había! Me recuerda a las películas de Agatha Christie o de la señorita Fletcher, donde el principal sospechoso de cualquier asesinato siempre suele ser, lógicamente, el que más beneficio saca de él. Es decir, no olvidemos que de esto el que se ha beneficiado claramente es el Santander. Sé que es un gigante e intentar ir contra él es complicado, pero desde el 7 de junio no dejo de pensar que los que realmente se han beneficiado de esto y nos han perjudicado tanto es el Santander. Me cuesta mucho creer que salga limpio de todo esto... Por otro lado, hay algo que me molestó bastante el día que tuvimos al fatídica noticia: tener que escuchar al señor De Guindos decir que la operación había sido exitosa, que era la primera vez que se activaba este mecanismo a nivel de la UE y que se había resuelto sin que los españoles tengamos que ceder dinero público, como en casos anteriores. Está claro que el Gobierno de España fue uno de los grandes impulsores para que se resolviera este problema por esta vía, y no convertirlo en otro rescate bancario. Pero hay dos detalles que no se han parado a pensar. Por un lado, la Comisión Europea ha ya confirmado que, en caso de producirse indemnizaciones por vía judicial, se sufragará con fondos de la UE, que no dejan de ser fondos públicos. Si es verdad que en este caso la afectación a un Gobierno individual de alguno de los Estados miembros es menor. En realidad, con este mecanismo lo que se hace es trasladar un afectación pública de un Estado, hacia la UE. De una manera o de otra, pagamos TODOS. Otro detalle que no han tenido en cuenta es la FISCALIDAD. Al producirse tal nivel de perjucio (pérdida de patrominio mobiliario), en los próximos 4 años vamos a tener los 270.000 afectados enormes desgravaciones. Eso es MUCHO dinero, mucho dinero que deja de ingresar el Estado y, por tanto, que pagan TODOS los españoles, ya sea de manera directa o indirecta. También esto lo paga la UE...? En fin, detalles a tener en cuenta...    
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Wiijaen 23/06/17 16:11
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Hola Miguel, muy buenas tardes y bienvenido. Se agradecen mucho las aportaciones, especialmente de personal experto en la materia. Hay una cosa que no termino de entender, y es la diferencia de la vía de adquisición para las Obligaciones Subordinadas. A través de los foros observaba algunos comentarios de compañeros en el sentido de intentar establecer diferencias del producto adquirido y/o condiciones según se haya realizado la compra directamente en las entidades del Popular, o través del Mercado Secundario (SEND). Esta misma duda, como la verdad es que era difícil de entender las justificaciones que se daban, las he consultado a varios de los servicios jurídicos con los que he contactado por ahora. En todos los casos la respuesta es la misma: la vía de adquisición es indistinta, el riesgo está asociado al producto, no a la vía de adquisición. Los clientes, tanto en las sucursales de un banco como en el Mercado Secundario disponen de la misma información sobre el producto que adquieren y sus riesgos asociados, y el objetivo es el mismo, obtener una rentabilidad por tu inversión. Es lógico, porque tanto en un caso como en otro, el objetivo es invertir y obtener cierto rendimiento por tus ahorros, sabiendo además del riesgo asociado al producto que se adquiere, sea cual sea la vía por la que se realice. Por tanto, hago de nuevo la pregunta, no sólo para tí, sino para todos los compañeros del foro:  qué diferencia real y utilizable jurídicamente por la parte contraria se puede establecer según la vía de adquisición? Para no repetirnos, comentaros que las argumentaciones que he leido de algunos compañeros sobre que el nivel de información que se tiene por uno u otro medio son diferentes, o de que en el Mercado Secundario realizas las operaciones para especular y en el banco no; pues no tienen ni base jurídica ni lógica. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 22/06/17 15:35
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Hola Titanio. Los que comentas creo que son el bufete que van a llevar el caso de la AEMEC. Yo los descarté precisamente por su honorarios excesivos. Por ahora, los que más me convencen, incluido en tema de honorarios, son los de Triviño Abogados. Estoy también recabando la información, documentación y realizando el estudio de viabilidad a través de Winu. Tienen unos honorarios algo superiores, pero me dan buena sensación porque tienen experiencia anterior y gran porcentaje de casos ganados. Aunque por ahora no tengo nada decidido, es muy pronto. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 22/06/17 10:23
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Pueden ser elevadas, pero no suelen cargarse en este caso en nuestra contra, sólo en sentencias antiguas muchos años atrás. De hecho, hay una prueba muy clara sobre cómo podría quedar la sentencia (si se llega finalmente a juicio) respecto a este asunto. Como es lógico, nadie trabaja gratis. Algunos de los despachos de abogados que he consultado me lo han dejado claro, ellos no cobran, a priori, ningún gasto a nuestro cargo, ni siquiera de gestión, sólo en los casos de tener que certificar documentación bajo notario. La mayoría de los bufetes en el caso de derecho bancario sólo cobran de parte de los clientes A ÉXITO, es decir, sólo en el caso de una sentencia favorable para nosotros. Si tenemos una sentencia final desfavorable, ellos no cobran nada de nuestra parte. Es una clara señal no sólo de que lo más probable es que no tengamos que pagar costas, sino de la mayor: que se consiga sentencia favorable, por eso fijan así sus honorarios los abogados de derecho bancario. De hecho, a parte de otros detalles sobre la operación del 7-06-2017 y cómo ha ocurrido, la forma de cobrar los honorarios los servicios jurídicos es lo que más esperanza y confianza me dá de que haya bastante probabilidad de que todo esto se resuelva medianamente bien para los afectados. Un cordial saludo.    
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